Subvenciones del año 2007 para la obtención de servicios de cuidados en el domicilio de las personas dependientes y de apoyo a las familias cuidadoras de éstas y modificaciones: Prestación económica para cuidados de personas en situación de gran dependencia y apoyo a cuidadores no profesionales del nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y correcciones.
Código de ayuda:
S00528/07Norma:
ORDEN FORAL 293/2006, de 22 de diciembre. ORDEN FORAL 149/2007, de 23 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de ayudas económicas destinadas a facilitar a las personas en situación de dependencia la obtención de los cuidados necesarios para su atención personal en el domicilio.Establecer el régimen de concesión de ayudas económicas para cuidados de personas en situación de gran dependencia y apoyo a cuidadores no profesionales con el fin de garantizar el nivel mínimo de protección fijado por el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, en desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos.Requisitos:
−Ostentar la nacionalidad española o residir legalmente en España.−Residir actualmente en cualquiera de los municipios de la Comunidad Foral Navarra y haberlo hecho durante cinco años en territorio español, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia en el territorio español se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
−Tener reconocida por la Administración Pública competente un grado III de dependencia (Gran Dependencia) en los niveles 1 ó 2, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril,
por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 156
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 156
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín:
13/08/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 99
Documento: Modificación y nuevo Anexo 2 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 99
Documento: Modificación y nuevo Anexo 2 Descargar Documento
Boletín:
07/09/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 112
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 112
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento