Subvenciones del Programa de infravivienda del Plan RehaVIta, Plan gallego de rehabilitación, alquiler y mejora de acceso a la vivienda 2015-2020.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S18537/16

Norma:

ORDEN de 25 de mayo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones están dirigidas a prestar apoyo a los ayuntamientos de Galicia de menos de 10.000 habitantes para que puedan ayudar con carácter urgente a las unidades de convivencia que habiten, en condiciones de propietarias, en una vivienda que se encuentre en mal estado de conservación y no dispongan de recursos para acometer obras que permitan tener las mínimas condiciones de habitabilidad. Asimismo, estas subvenciones tendrán por objeto permitir a los ayuntamientos rehabilitar edificaciones o viviendas de
su patrimonio municipal para solucionar los problemas de residencia de unidades de convivencia que cumplan los requisitos fijados en esta orden.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.80.451A.760.0, por importe de 200.000 euros, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016.

2. Las ayudas a los ayuntamientos para las actuaciones señaladas podrán alcanzar hasta el 80 % del presupuesto protegido de las obras, sin que en ningún caso puedan superar la cantidad de 12.000 euros por edificación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos de Galicia de menos de 10.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán actuaciones subvencionables la ejecución de obras de rehabilitación en edificaciones y viviendas, con el objeto de que estas alcancen unas mínimas condiciones de habitabilidad. Estas actuaciones pueden afectar a elementos exteriores, a las condiciones estructurales y de seguridad, a la habitabilidad y/o a la accesibilidad de la edificación.

Requisitos:

1. Todas las actuaciones a realizar deberán ajustarse a la normativa técnica y urbanística en vigor y deberán cumplir la normativa vigente en materia de habitabilidad y funcionalidad.

2. Las actuaciones subvencionables no pueden estar iniciadas en el momento de la presentación de la solicitud.

3. El plazo de ejecución de las obras vendrá fijado en la resolución de concesión de la subvención, sin que en ningún caso pueda exceder de seis meses.

4. El coste total de las actuaciones subvencionables podrá incluir los honorarios de los profesionales que intervengan, los informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados. En el coste total de las obras no se incluirán los gastos derivados de impuestos, tasas y tributos.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Bases y Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/06/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 112
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento