Subvenciones del Programa de Talleres de Formación e Inserción Laboral para el ejercicio 2006.
Código de ayuda:
S58928/05Norma:
ORDEN de 12 de diciembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/01/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones que se regulan y convocan mediante la presente orden tienen por objeto la financiación total o parcial, durante el ejercicio 2006, del Programa de Talleres de Formación e Inserción Laboral (talleres FIL).Los Talleres de Formación e Inserción Laboral estarán dirigidos a personas con dificultades de integración en el mercado del trabajo, a fin de proporcionarles la cualificación profesional para desempeñar una ocupación
concreta y adecuada a las necesidades de las empresas de la Comunidad Valenciana, por medio de una formación adaptada a sus características individuales.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar art. 18.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la presente orden las siguientes entidades:a) entidades locales,
b) organizaciones empresariales,
c) organizaciones sindicales,
d) otras entidades sin ánimo de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los talleres que se desarrollen al amparo de la presente orden se componen de itinerarios individualizados de inserción, que incluirán un área de formación y un área de tutoría, y podrán incluir, además, en función de los destinatarios, las siguientes áreas:1. Análisis de las características psicosociales y profesionales individuales de los participantes. Su objeto es adaptar la formación en función de estas condiciones y del puesto de trabajo u ocupación concreta al que va destinado, individualizando al máximo el itinerario de inserción.
2. Búsqueda activa de empleo por parte de la entidad, que permita dirigir la formación a una ocupación concreta, en la medida de lo posible previamente conocida.
3. Seguimiento del desarrollo de la inserción, en el caso de producirse contratación en los términos establecidos en el artículo 14.2, hasta 30 días posteriores a la incorporación a un puesto de trabajo, sin superar la fecha prevista de finalización del taller.
En cada itinerario, el Área de Formación incluirá módulos formativos de Formación Profesional Ocupacional, que podrán ser alguno de los contemplados en el fichero de especialidades del INEM en vigor al 1 de enero de 2006, o alguno de los módulos del catálogo nacional de las cualificaciones, con una duración mínima de 250 horas, a la que se añadirá un módulo de sensibilización medioambiental, con una duración de 9 horas, que corresponderá a la especialidad del Fichero de especialidades antes citado código FCAM02, dirigido
a introducir al alumnado en el conocimiento de los principales problemas medioambientales, tanto a escala general, como en el ámbito laboral y sus posibles soluciones.
El Área de Formación podrá incluir, así mismo, en función de los destinatarios:
a) Prácticas No Laborales (PNL), destinadas a la adquisición de competencias básicas, profesionales y polivalentes que permitan la inserción socio-laboral y el desempeño responsable de una ocupación, que se realizarán en las condiciones señaladas en el capítulo V de la presente orden.
b) Formación básica en áreas instrumentales, como lenguaje o matemáticas, siempre en el contexto socio-laboral, y partiendo de los conocimientos previos de los alumnos.
c) Formación y orientación laboral, encaminada a familiarizar a los participantes con la normativa, la prevención de riesgos laborales, las técnicas de búsqueda de empleo, y a proporcionar un conocimiento del mercado laboral.
d) Formación en habilidades socio-profesionales de carácter polivalente, que permitan al alumnado adquirir un repertorio de competencias comunes a un conjunto de ocupaciones.
Los costes elegibles se distribuirán en:
1. Parte A: gastos de profesorado y del personal encargado del diseño, la evaluación y la coordinación del itinerario individualizado.
2. Parte B: gastos de organización o institucionales.
3. Parte C: gastos de ayuda por asistencia de los alumnos a los talleres.
4 Parte D: inversiones en el caso de talleres dirigidos a personas discapacitadas, y que comprenderá los gastos por inversión o adquisición de equipamientos directamente relacionados con la acción formativa, y de adaptación de locales para personas minusválidas.
Requisitos:
Quienes aspiren a ser perceptores de las distintas ayudas deberán acreditar capacidad suficiente de medios materiales, humanos y organizativos para conseguir los objetivos establecidos en el Programa, y cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención de dicha obligación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre del Consell de la Generalitat (DOGV nº 4.907, de 21.12.2004).No podrán obtener la consideración de beneficiarios las entidades incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2) y 3) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
27/12/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5163
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5163
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento