Subvenciones del Programa de Bonos Agenda 2030.

Código de ayuda:

S17882/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es promover la divulgación y el conocimiento social de la Agenda 2030 entre la ciudadanía vasca, así como fomentar su implicación activa en torno a sus principios y objetivos. A través de estas ayudas, se pretende impulsar iniciativas de carácter divulgativo, educativo, formativo y de participación ciudadana, apoyando al tejido asociativo para la dinamización social y la extensión de los valores y contenidos de la Agenda 2030 en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Secretaría General de Comunicación e Innovación Social (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será del 75 % del presupuesto total del proyecto, con un límite de 5.000 euros por cada solicitud. Una misma entidad beneficiaria de esta subvención, no podrá acumular en una misma convocatoria, por la suma de distintas acciones subvencionadas, una cantidad total superior a 25.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la presente subvención las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La entidad solicitante debe estar legalmente constituida como entidad sin ánimo de lucro e inscrita en el correspondiente registro oficial del País Vasco, lo que acredita su personalidad jurídica y su carácter no lucrativo. Asimismo, sus estatutos deben recoger expresamente la ausencia de ánimo de lucro, estableciendo que los posibles beneficios obtenidos se destinan íntegramente al cumplimiento de los fines sociales de la entidad, sin que en ningún caso se produzca reparto entre sus miembros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal (Nominas, Seguros sociales, Dietas y otras indemnizaciones...).
b) Compra de materiales.
c) Alquileres (espacios, escenario...).
d) Publicidad y relaciones públicas (imprentas, mensajería...).
e) Transportes.
f) Otros servicios exteriores (otros servicios a contratar con empresas).
g) Otros gastos necesarios para correcto desarrollo de la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 118
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento