Subvenciones del Programa Cheque Verde 2005.
Código de ayuda:
S44937/05Norma:
Sesión de 6 de julio de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones destinadas a la realización de los trabajos culturales precisos para el mantenimiento y promoción de los bienes protegidos al amparo de la Ley 1/1986, de la Generalitat Valenciana, de 9 de mayo, de Tutela del Palmeral de Elche.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Elche (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar una subvención los titulares de huertos, grupos de palmeras y palmeras diseminadas frente a las que se haya incoado expediente de calificación al amparo de la citada Ley 1/1986 o soliciten la incoación de nuevo expediente sobre los bienes objeto de ayuda, así como personas que pretendan crear un nuevo huerto de palmeras, los viveristas o futuros viveristas de plantaciones de palmeras datileras y aquellas personas que por requerimiento del planeamiento urbanístico, se les exija la plantación de palmeras datileras, todo ello dentro del término municipal de Elche.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los trabajos y conceptos incluidos en la presente línea de ayudas son:Contribución: para sufragar el coste correspondiente al I.B.I., tanto rústico como urbano, con el límite en el caso de terrenos en rústica del importe del recibo, y en los terrenos urbanos con el límite de multiplicar la superficie ocupada por palmeras por la cantidad correspondiente al importe medio por metro cuadrado de impuesto para los terrenos rústicos.
Sanidad vegetal: Para sufragar el coste de los productos fitosanitarios precisos para erradicar plagas en la palmera datilera, hasta la cantidad resultante de multiplicar por 0,90 euros el número de palmeras adultas infectadas y tratadas, o 0,12 euros por palmera si se trata de ejemplares de vivero legalmente registrado en la Oficina Administrativa del Patronato de El Palmeral. Únicamente serán subvencionados aquellos productos pertenecientes a las categorías A o B.
Mantenimiento: Escamonda y adquisición de aguas de riego: Para reducir los costes de mantenimiento se ofrecerá una ayuda para la escamonda de 3,01 euros por palmera siempre que el ejemplar tenga una altura mínima de tronco de 3 metros y de 1,20 euros en el caso de que su altura sea inferior, y para el agua hasta un máximo anual de 0,05 euros/metro cuadrado de la superficie ocupada por huerto de palmeras.
Adquisición de palmeras en viveros municipales: para que las nuevas plantaciones surgidas de las obligaciones de plantación recogidas en el Plan General o la creación de nuevos huertos (con o sin plantaciones de vivero en su interior) no representen un coste elevado para sus titulares, se ofertan a través del Cheque Verde (y para los fines indicados) ejemplares de 25 a 50 centímetros de longitud de tronco a razón de 6,01 euros/unidad sin incluir transporte, y a 2,10 euros/unidad los ejemplares más pequeños, tanto en contenedor como en maceta.
Documentos asociados
Boletín:
03/09/2005
BO Provincia de Alicante- Nº 201
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
BO Provincia de Alicante- Nº 201
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento