Subvenciones del Plan Renove de Ventanas de Castilla y Leon.- Convocatoria 2012.- Corrección.- Modificación.

Código de ayuda:

S45428/10

Norma:

ORDEN EYE/1029/2010, de 12 de julio. ORDEN EYE/1061/2010, de 19 de julio. ORDEN EYE/1538/2010, de 5 de noviembre. ORDEN EYE/1758/2010, de 21 de diciembre. ORDEN EYE/141/2011, de 16 de febrero. ORDEN EYE/1117/2011, de 1 de septiembre. ORDEN EYE/1586/2011, de 23 de diciembre. ORDEN EYE/470/2012, de 12 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones públicas, del Plan Renove de Ventanas de Castilla y León, para la rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de forma que cumplan, al menos, con las exigencias del DB- HE1 del Código Técnico de la Edificación (CTE), mediante la renovación de huecos de fachada exteriores de los edificios.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías de subvención serán las siguientes:

- Cuantía de subvención:
UH≤ 1,8 / 165 €/m2

UH ≤ 2,2 / 150 €/m2

Donde UH = transmitancia (W/m2K).

- En general, la cuantía máxima de subvención no superará el 35% del gasto subvencionable. Cuando los beneficiarios sean Entidades Locales o Universidades Públicas, y se actúe sobre un edificio cuyo gasto energético global (energía térmica más energía eléctrica) sea superior a 200.000 €, la cuantía máxima de subvención no superará el 15% del gasto subvencionable.

- En el caso de viviendas unifamiliares o viviendas individuales en bloque la cuantía de subvención no superará los 6.000 €.

- En el caso de edificios de uso residencial por bloque o resto de edificios, la cuantía de subvención no superará los 30.000 €.

- Cuando el beneficiario sea una empresa, de acuerdo con el Reglamento (CE) 800/2008, la cuantía de subvención percibida en unión de otras ayudas que puedan recibirse por estas actuaciones, en ningún caso podrá superar los límites máximos que se indican a continuación y que se calcularán sobre el coste subvencionable:

Pequeña Empresas 80%

Empresas Medianas 70%

Grandes Empresas 60%

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Personas Físicas.

b) Entidades y/o Asociaciones sin ánimo de lucro.

c) Entidades Locales.

d) Empresas públicas o privadas.

e) Universidades públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Financiar la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética para la rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de forma que cumplan, al menos, con las exigencias del DB- HE1 del Código Técnico de la Edificación (CTE), mediante la renovación o sustitución de cerramientos exteriores acristalados, en concreto, huecos de fachada pertenecientes a la envolvente térmica de los edificios en contacto con el espacio exterior.

La actuación subvencionable será exclusivamente la rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes, mediante la renovación o sustitución de cerramientos exteriores acristalados pertenecientes a la envolvente térmica de los edificios, con una transmitancia igual o inferior a 2,2 W/m2K, que estén en contacto con el ambiente exterior y que cuenten con el marcado CE conforme a la norma UNE EN 14351-1:2006.

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