Subvenciones del Patronato Municipal de Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Castrillon a entidades deportivas. Ejercicio 2010.

Código de ayuda:

S36673/10

Norma:

Ayuntamiento de Castrillón.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas deportivos de interés publico en el Municipio de Castrillón durante el ejercicio 2010, según:

Línea 1.—Promoción deportiva en el ámbito municipal de Castrillón.
Línea 2.—Eventos deportivos en el Municipio de Castrillón.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Castrillón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe individualizado (por club y modalidad) de las subvenciones en “ Línea 1” en ningún caso podrá exceder de 15.000,00 € por modalidad deportiva y club.

El importe individualizado de las subvenciones en “ Línea 2” en ningún caso podrá exceder de 3.000,00 € por evento deportivo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades deportivas, Federaciones o clubes deportivos básicos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1:

Cancha de juego.
Monitores.
Gastos federativos.
Desplazamientos deportivos.
Material deportivo.
Escuelas deportivas en centros de enseñanza del Municipio.
Coeficiente de corrección.


Línea 2:

Proyección del Municipio de Castrillón como consecuencia del desarrollo de eventos deportivos.
Promoción deportiva.
Competiciones de ámbito federativo y no federativo.
O rganización de actos deportivos que por su proyección social y circunstancias concurrentes sean merecedoras de ser objeto de subvención.

Requisitos:

1. Además de cumplir con los requisitos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, estén legalmente constituidos e inscritos salvo en el supuesto de federaciones, en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, y del Ayuntamiento de
Castrillón (excepto para Línea 2) con una antigüedad mínima de seis meses desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

2. Los beneficiarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 14, apartado c, deberán acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias en Hacienda y con la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de Resolución de Concesión de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento