Subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua a Entidades Locales de Navarra, para desarrollar proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres y el programa “Pactos Locales por la Conciliación”.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S19573/17

Norma:

ORDEN FORAL 7E/2017, de 11 de abril. ORDEN FORAL 53E/2018, de 28 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de mayo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones, por el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, a Entidades Locales de Navarra, para la realización de proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres que se realicen en el año 2017.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establecen las siguientes cuantías a subvencionar por proyecto, con independencia del coste del proyecto total presentado:

a) Un máximo de 14.000 euros para solicitudes de subvención de Entidades Locales que cuenten con Agente de Igualdad y no reciban subvención para su contratación por parte del INAI. (Modalidad 1).

b) Un máximo de 6.000 euros para solicitudes de subvención de Entidades Locales que cuenten con Agente de Igualdad y reciban subvención para la contratación por parte del INAI. (Modalidad 2).

c) Un máximo de 4.000 euros para solicitudes de subvención de Entidades Locales que no cuenten con Agente de Igualdad (Modalidad 3).

d) Un máximo de 5.000 euros para solicitudes de subvención de Entidades Locales que cuenten con Pacto Local por la Conciliación o adquieran el compromiso de iniciar uno antes del 31 de octubre de 2017(Modalidad 4).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Entidades Locales de Navarra reguladas en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra que cumplan los requisitos señalados en la Orden Foral 7E/2017, de 11 de abril, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modalidad 1: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad y no reciban subvención por dicha contratación por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

b) Modalidad 2: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad y reciban subvención por dicha contratación por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

c) Modalidad 3: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que no tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad.

d) Modalidad 4: Proyectos desarrollados por Entidades Locales de Navarra que tengan en la actualidad un Pacto Local por la Conciliación o en el caso de no tenerlo, que adquieran el compromiso de poner en marcha un Pacto Local por la Conciliación en su entidad, que deberá ponerse en marcha antes del 31 de octubre de 2017.

Requisitos:

Las Entidades Locales de Navarra deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud y mantenerlos durante todo el periodo en el que se desarrolle la actividad subvencionada y hasta la justificación de la misma:

a) Modalidades 1 y 2:

1.–Tener contratada o en plantilla Agente de Igualdad, de nivel B y a jornada completa.

Cuando la Entidad Local tenga contratada o contratadas personas que realicen la prestación a jornada parcial, los proyectos no serán subvencionables, salvo casos de reducción de jornada de la agente principal por motivos familiares o por ser víctima de violencia de género, que se permitirá que la jornada completa sea cubierta por dos personas.

Igualmente, las Entidades Locales podrán realizar los acuerdos que correspondan con otras Entidades Locales, a fin de cumplir con el requisito de tener Agente de Igualdad a tiempo completo. En este caso deberán presentar un único proyecto a subvencionar a desarrollar por parte de ambas entidades.

2.–Disponer de partidas o asignación presupuestaria, para el año 2017, en el Área o Concejalía destinadas a financiar acciones y proyectos en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

3.–Tener Plan de Igualdad de Oportunidades o Plan Estratégico de Igualdad entre Mujeres y Hombres o Plan de Acción Positiva o un Plan de trabajo anual conforme al Itinerario para la Planificación, Gestión y Evaluación del trabajo de las Áreas de Igualdad municipales.

4.–Autorización del órgano competente de la entidad solicitante para que la Agente de Igualdad participe, en caso de realizarse, en el programa de formación continua en materia de igualdad de género organizado por el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua en el año 2017.

b) Modalidad 3:

1.–Disponer de partida o asignación presupuestaria, para el año 2017, en el Área o Concejalía de Igualdad destinada a acciones y proyectos en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

2.–No tener contratada o en plantilla en el momento de la solicitud Agente de Igualdad de nivel B.

c) Modalidad 4:

Contar con Pacto Local por la Conciliación o en el caso de no tenerlo, adquirir el compromiso de poner en marcha un Pacto Local por la Conciliación en su entidad local antes del 31 de octubre de 2017.

Documentos asociados

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