Subvenciones del Instituto Navarro de la Mujer a mujeres que hayan creado su propio puesto de trabajo o hayan constituido una empresa.
Código de ayuda:
S46419/05Norma:
ORDEN FORAL 147/2005, de 2 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/10/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a mujeres que hayan creado su propio puesto de trabajo o hayan puesto en marcha una empresa o negocioinnovador en la Comunidad Foral Navarra, cualquiera que sea el sector al que pertenezca.
Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de subvención por empresa o negocio será de entre un mínimo de 2.000 y un máximo de 3.000 euros, excepcionalmente y por razones de concurrencia podrá considerarse una cuantía superior.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las mujeres relacionadas con el objeto de la subvención.(Ver objeto para mayor información).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son objeto de esta convocatoria los gastos referentes a la constitución y lanzamiento efectivamente realizados y pagados en el ejercicio de la actividad económica desde dos meses antes de la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y hasta la fecha de presentación de la solicitud de subvención.En concreto, podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos:
−Constitución y puesta en marcha.
−Alquiler y traspaso de locales destinados a la actividad.
−Leasing de vehículos destinados a la actividad.
−Leasing de equipamiento informático.
−Canon de franquicia.
−Cuotas de colegiación.
−Publicidad.
−Software.
−Gastos de personal correspondientes a Seguridad Social de las trabajadoras por cuenta propia y, salarios y Seguridad Social de las mujeres contratadas por cuenta ajena.
−Excepcionalmente, actividades como programas de intercambio de redes, asistencia a cursos y congresos debidamente justificadas realizados fuera de la Comunidad Foral de Navarra.
Quedan excluidos expresamente los gastos derivados de los impuestos, los seguros, gastos de financiación y la compra de vehículos.
Requisitos:
a) Hayan creado su propio puesto de trabajo o hayan puesto en marcha su empresa o negocio en la Comunidad Foral de Navarra.b) La actividad económica deberá haber comenzado entre el 1 de enero de 2004 y la fecha de publicación de la presente Orden Foral.
A este efecto se tendrá en cuenta la fecha del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
c) Que el puesto de trabajo o empresa sea innovadora.
Documentos asociados
Boletín:
19/09/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 112
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 112
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento