Subvenciones del Consell Insular de Menorca a las entidades privadas sin animo de lucro para el desarrollo de programas de atencion a personas mayores dependientes y a personas en situacion o en riesgo de pobreza para el año 2010.

Código de ayuda:

S32828/10

Norma:

Consell Insular de Menorca.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar programas en materia de acción social, por parte de entidades sin ánimo de lucro, que se correspondan con alguna de las actuaciones siguientes:

a)Prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal, dirigidas al colectivo de gente mayor.
b)Prevención, información, atención y soporte a personas o colectivos en situación o en riesgo de pobreza.

La finalidad de estas subvenciones es mejorar la oferta de servicios sociales existentes a Menorca, mediante los cuales se contribuya a fomentar la autonomía personal, la calidad de vida y la cohesión social de la ciudadanía.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar la subvención las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas están dirigidas a subvencionar las dependidas inherentes al desarrollo de programas, como las de personal, planificación, coordinación, asistencia técnica, así como las de difusión e información a los asociados y a la ciudadanía en general. También se pueden subvencionar gastos correspondientes a material fungible de oficina y de informática, y la correspondencia, entre otros, siempre que estén asociadas a un proyecto acuerdo en el objeto y la finalidad de esta convocatoria.

Los gastos correspondientes a nóminas o minutas de dirección y coordinación de programas sólo son subvencionables hasta un máximo del 50% del importe del proyecto subvencionado.

Requisitos:

a)Estar inscritas en el Registro Central de Servicios Sociales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, o haberlo solicitado, de acuerdo con lo que prevé el artículo 25 del Decreto 66/1999, de 4 de junio, para el cual se aprueba el Reglamento regulador del Sistema Balear de Servicios Sociales (BOCAIB nº. 77 de 15/06/99), en la condición que, una vez se haya resuelto positivamente sobre la subvención, la inscripción al Registro mencionado se tiene que haber formalizado definitivamente.

b)Que su ámbito de actuación sea insular (Menorca) y/o autonómico (islas Baleares), según el título constitutivo.

c)No ser lucrativas.

d)No haber sido objeto de ninguna resolución firme de carácter sancionador en relación con la prestación del servicio que se subvenciona, o bien haberlo estado y que haya prescrito la sanción.

e)Haber presentado la justificación de los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas anteriormente del Consell Insular de Menorca o, subsidiariamente, la documentación recogida en la base 6ª k siguiente, así como estar al corriente de pago, si ocurre, de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

f)Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

g)Facilitar la información y la documentación que le sea requerida en relación con el proyecto y su ejecución.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento