Subvenciones del Ayuntamiento de Getafe, para la rehabilitación de fachadas, cubiertas y bajantes de saneamiento de los edificios para 2009.

Código de ayuda:

S43582/09

Norma:

Sesión de 20 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de junio de 2009, inclusive.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Getafe, de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, a aquellas comunidades
de propietarios o personas físicas residentes en edificios de menos de cuatro propietarios, empadronados en el municipio de Getafe. Las subvenciones se concederán para la rehabilitación de fachadas, cubiertas y bajantes en todo lo que afecte a las partes comunes de los mencionados elementos y para aquellos edificios con, al menos, treinta años de antigüedad.

Se extienden los efectos de la presente convocatoria a las solicitudes de subvención para obras de rehabilitación de fachadas, cubiertas y bajantes del saneamiento comunes, que hayan tenido licencia municipal o solicitado la misma a partir del 1 de enero de 2008 y hayan sido realizadas o se encuentren en proceso de ejecución durante el año 2009.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Getafe (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención por cada proyecto o relación valorada de la comunidad de propietarios o personas físicas residentes en el edificio o portal será del 25 por 100 del coste de las obras para las que se haya solicitado y concedido la licencia municipal correspondiente, así como los gastos asociados en redacción y dirección facultativa, y, en cualquier caso, no podrá sobrepasar la cantidad de 12.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarios las comunidades de propietarios o personas físicas que cumplan los requisitos en la base primera y los señalados a continuación:

1. Que cuenten con un proyecto o relación valorada de las obras de rehabilitación de fachada, arreglo de cubierta y bajantes del saneamiento comunes del edificio del que son propietarios los optantes a la subvención.
2. Que el edificio tenga una antigüedad igual o superior a treinta años, a contar desde la constitución de la escritura de obra nueva hasta el día 31 de diciembre de 2009.
3. Que el proyecto o relación valorada cuente con la aprobación de los propietarios, mediante acta o acuerdo emitidos al efecto, en los términos previstos en la legislación vigente, y que este haya sido
presentado al Ayuntamiento de Getafe para la obtención de la preceptiva licencia. Los datos de coste de proyecto o relación valorada recogidos en la misma servirán de base de referencia para la concesión
de la subvención.
4. Que la comunidad de propietarios o persona física solicitante no se encuentre inhabilitada o incursa en algunas de las circunstancias que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La convocatoria tiene como finalidad contribuir a los gastos de rehabilitación de fachadas, cubiertas y bajantes del saneamiento común de edificios antiguos del municipio de Getafe, así como contribuir a los
gastos asociados de redacción de proyecto y dirección facultativa.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento