Subvenciones de proyectos de codesarrollo del ayuntamiento de Madrid, en el marco del programa de cooperación al desarrollo.
Código de ayuda:
S11682/05Norma:
Convocatoria publicada el 17 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el ámbito institucional, jurídico y técnico de las subvenciones de la Dirección General de Inmigración, Cooperación al Desarrollo y Voluntariado como órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro, radicadas en el municipio de Madrid, para cofinanciación a proyectos de codesarrollo, convocatoria complementaria de las de proyectos de cooperación en el Municipio de Madrid.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que reunan los requisitos siguientes:a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones
o cualquier otro de carácter público, como mínimo tres años antes de la convocatoria, salvo que hayan resultado beneficiarias
de estas subvenciones en convocatorias anteriores.
Respecto al requisito de antigüedad o de percepción de subvenciones en convocatorias anteriores, se respetará la misma si
las entidades sufren una modificación en su denominación o en su fórmula jurídica de asociación o fundación, siempre que se
acredite este extremo en los estatutos de la nueva entidad jurídica.
b) Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo, debiendo estar inscritas en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional, excepto cuando se trate de proyectos de Educación al Desarrollo y Sensibilización Social.
c) Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.
d) Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la/s entidade/s, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos, debiendo acreditar ambos extremos documentalmente.
e) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la memoria de la/s entidade/s, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
f) Estar al día en las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legislación
vigente.
Este requisito se exigirá en todo caso, con carácter previo a la concesión de la subvención, pudiendo incorporarse a la
respectiva solicitud, una declaración responsable del cumplimiento de dicha circunstancia.
g) Cada entidad se puede presentar individualmente o en consorcio con otras organizaciones, debiendo todas las entidades
integrantes del consorcio cumplir los requisitos anteriormente señalados.
h) No estar incursas en algunas de las circunstancias establecidas en los puntos 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Actuaciones en origen encaminadas a fortalecer el arraigo al país de origen y canalizar el flujo migratorio hacia España.Impulso de actividades e iniciativas económicas aprovechando el potencial de desarrollo de los migrantes, sus remesas y sus redes sociales.
Proyectos de retorno y reasentamiento.
Quedarán excluidos los siguientes proyectos:
1) Los que no coincidan entre sus objetivos con los de la Gerencia de Inmigración, Cooperación al Desarrollo y Voluntariado.
2) Los proyectos que contemplen exclusivamente acciones de Cooperación para el Desarrollo, de proyectos de Educación
para el Desarrollo y de proyectos de Sensibilización Social que tienen su convocatoria específica.
3) Los que estén dirigidos a financiar inversiones en servicios de acción social, en Madrid, tales como adquisición, construcción, reforma y/o equipamiento de centros.
4) Los que contengan acciones referidas a la financiación de investigaciones y publicaciones.
5) Quedan excluidos, finalmente, de esta convocatoria, los proyectos dirigidos a la atención de la población inmigrante en el municipio de Madrid, y que no contemplen la vinculación con su zona de origen, puesto que son objeto de la convocatoria
Pública de Subvenciones del Área de Gobierno de Empleo y Servicios a la Ciudadanía.
Documentos asociados
Boletín:
17/03/2005
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 56343
Documento: Bases de Convocatoria 2005 Descargar Documento
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 56343
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