Subvenciones de programas de formación A Mida para las empresas, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.

Código de ayuda:

S25800/25

Norma:

Orden EMT/146/2025, de 29 de agosto.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular las subvenciones públicas destinadas a la financiación de los planes de
formación A Mida para las empresas, dirigida a las personas trabajadoras de las empresas con sede social, o
centro de trabajo o centro operativo en Cataluña, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de
Cataluña.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de cada acción formativa se determina mediante el producto del número de horas por el número de personas participantes previstas y por el importe del módulo correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta subvención las siguientes entidades:

a) A título individual, las empresas privadas y las personas trabajadoras autónomas con personas contratadas a su cargo.

b) Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas o representativas de los respectivos sectores en Cataluña, así como otras organizaciones empresariales sectoriales y territoriales debidamente registradas conforme a lo previsto para el depósito de estatutos de las organizaciones empresariales y sindicales, para la representación y defensa de los intereses de un sector o territorio en concreto y de cualquier tamaño, y que presenten un plan de formación dirigido a las empresas de menos de 50 trabajadores a las que representen y que hayan manifestado por escrito su adhesión al plan de formación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán susceptibles de formar parte del módulo de gasto por persona formada los gastos dirigidos a la formación de las personas trabajadoras a través de acciones formativas, incluyendo todos los costes indudablemente vinculados a la formación, tales como gastos organizativos, gastos directos e indirectos que pudieran generarse como consecuencia de la programación, difusión, implementación, seguimiento, evaluación y certificación de las actividades formativas, gastos de personal formados, gastos para el alquiler de infraestructuras físicas o telemáticas y otros gastos asociados.

Documentos asociados

Boletín: 03/09/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9492
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento