Subvenciones de minimis destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo de aprovechamiento de pastos de Castilla y León.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S32291/17

Norma:

ORDEN AYG/545/2017, de 29 de junio. Orden de 4 de julio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo de aprovechamiento de pastos en el territorio de Castilla y León. Estas subvenciones están acogidas al régimen de mínimis en el sector agrario de acuerdo al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía a percibir será, como máximo del 50% de la inversión subvencionable.

2. El importe máximo de la subvención por beneficiario no superará los 4.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas, los titulares de explotaciones ganaderas y los gestores de pastos comunales que ejecuten alguna de las actividades subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades subvencionables en las explotaciones de ganado en régimen extensivo podrán ser las siguientes:

a) Estructuras para el abastecimiento de agua tales como balsas de almacenamiento, abrevaderos, conducciones para abastecimiento de los mismos, etc.

b) Equipos para mejora del abastecimiento de agua al ganado como cisternas móviles o abrevaderos móviles.

c) Servicios de abastecimiento de agua a explotaciones ganaderas en régimen extensivo.

Requisitos:

a) En el supuesto de personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas:

1.º Que el sistema de explotación pueda considerarse extensivo.

2.º Que el censo de la explotación sea igual o superior a 10 unidades de ganado mayor (U.G.M). Los tipos de conversión de las diferentes categorías de animales a unidades de ganado mayor figuran en el Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER).

3.º Que la explotación esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León, regulado por el Decreto 19/2015, de 5 de marzo, y su titular haya efectuado las correspondientes actualizaciones en dicho Registro.

b) En el supuesto de que los solicitantes sean gestores de pastos comunales, éstos deberán acreditar la disponibilidad de dichos pastos.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 10/07/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 130
Documento: Convocatoria 2017 Extracto Descargar Documento
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