Subvenciones de mercado destinadas al sector avícola de carne en Andalucía y se efectúa su convocatoriapara 2006.

Código de ayuda:

S36982/06

Norma:

ORDEN de 27 de septiembre de 2006. ORDEN APA/2726/2006, de 24 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer determinados aspectos relativos a la presentación y tramitación de las solicitudes de subvenciones reguladas en la Orden APA/2726/2006, de 24 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas ayudas excepcionales de mercado destinadas al sector avícola de carne.

El ámbito de aplicación incluirá a las explotaciones y unidades productivas avícolas de carne comprendidas en las líneas de ayuda especificadas en los artículos 5 y 6 de la Orden APA/2726/2006, de 24 de agosto, que estén situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes del ejercicio en que se realice la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Ayudas a la reducción de la capacidad de producción en la explotación avícola de carne:

Los titulares de las explotaciones avícolas de carne de recría o criaderos de aves de explotación y de
explotaciones de producción, según lo establecido en las letras d) y e) del artículo 3 del Real Decreto 1084/2005, que alojen animales de la especie «gallus gallus» y que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro de explotaciones ganaderas, conforme al Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas, como:
Explotaciones de recría o criaderos de aves de explotación.
Explotaciones de producción.

b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social que correspondan conforme a la normativa vigente.

c) No haber sido sancionado por la autoridad competente por incumplimiento de alguna de las obligaciones contempladas en el Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre.

2. Ayudas al sacrificio anticipado de gallinas reproductoras:

El propietario de los animales, independientemente de que se trate o no del titular de la explotación donde se han criado dichos animales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas a la reducción de la capacidad de producción en la explotación avícola de carne.

2. Ayudas al sacrificio anticipado de gallinas reproductoras.

Requisitos:

Sólo serán susceptibles de recibir ayudas las actividades realizadas en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de abril de 2006, ambos inclusive.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 209
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/10/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 194
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento