Subvenciones de los Programas de Formación en Alternancia con la Actividad Laboral para Personas Desempleadas de Larga Duración Mayores de 30 años.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S20146/16

Norma:

ORDEN de 17 de junio de 2016. Orden de 23 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto promover la concesión de subvenciones públicas para la realización del Programa de reactivación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2016, asciende a 15.600.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria las entidades locales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención estará destinada a sufragar los siguientes gastos derivados de la participación de las personas desempleadas en este Programa:

a) Los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos, derivados del contrato de trabajo suscrito con las personas desempleadas participantes, hasta el máximo determinado en los apartados 2 y 3 de este artículo. La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo de la entidad solicitante con domicilio en la Comunidad de Madrid.

b) Los costes de la impartición de la formación, hasta el máximo determinado en los apartados 2 y 3 de este artículo. Entre los mismos se incluirán los costes de la evaluación y los de identificación y publicidad que puedan establecerse en la resolución por la que se concede la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/07/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 06/07/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 159
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento