Subvenciones de la linea en concurrencia no competitiva y de la linea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensacion Ambiental para el año 2015, de forma individual y mediante el sistema de gestion compartida, destinadas a entidades locales de Galicia.
Código de ayuda:
S52800/14Norma:
ORDEN de 24 de noviembre de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/01/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones para el año 2015 del Fondo de Compensación Ambiental, en régimen de concurrencia no competitiva y concurrencia competitiva, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, afectadas a la realización de gastos que revistan naturaleza productiva y generadora de empleo.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. En la línea en concurrencia competitiva los presupuestos máximos de las actuaciones para las cuales se solicita subvención y los límites de gastos de funcionamiento serán los siguientes:a) Solicitud individual de ayuntamientos: el presupuesto total de las actuaciones para las
cuales soliciten subvención no podrá ser superior a 40.000 €, sin que los gastos de funcionamiento puedan representar más del 50 % del presupuesto total.
b) Solicitudes individuales presentadas por mancomunidades, consorcios o por ayuntamientos
resultantes de una fusión municipal constituida en los últimos cinco años, y solicitudes
conjuntas de agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos: el presupuesto total de las actuaciones para las cuales se solicita subvención conjunta no será superior a 120.000 euros, sin que los gastos de funcionamiento puedan representar más del 50 % del presupuesto total.
2. En caso de presentar solicitud sólo para gastos de funcionamiento, incluidos los costes de personal, el presupuesto total no podrá ser superior a:
a) 20.000 euros en las solicitudes individuales de ayuntamientos.
b) 60.000 euros en las solicitudes presentadas por mancomunidades, consorcios, agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos, y por ayuntamientos resultantes de una fusión municipal constituida en los últimos cinco años.
3. Para aquellos proyectos subvencionados de acuerdo con la línea de subvención de naturaleza competitiva, los porcentajes e importes de subvención se establecen según la modalidad de solicitud:
a) Solicitud individual de un ayuntamiento: el porcentaje máximo de subvención será del 80 % del presupuesto presentado con el límite de 32.000 € por solicitud. En caso de presentar solicitud sólo para gastos de funcionamiento, incluidos los costes de personal, el importe máximo de la subvención será de 16.000 euros.
b) Solicitudes de mancomunidades, consorcios locales, ayuntamientos resultantes de una fusión municipal constituida en los últimos cinco años o de ayuntamientos asociados o agrupados: el porcentaje máximo de subvención será del 80 % del presupuesto presentado con el límite de 96.000 euros. En caso de presentar solicitud sólo para gastos de funcionamiento, incluidos los costes de personal, el importe máximo de la subvención será de 48.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia deben cumplir el requisito de tener remitidas las cuentas del ejercicio presupuestario 2013 al Consejo de Cuentas de Galicia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La realización de actuaciones de inversión y a costes de funcionamiento de los servicios municipales dedicados a la protección del medio ambiente y del espacio natural, y deberán responder a alguno de los siguientes criterios u objetivos:a) Actuaciones orientadas a la conservación de la biodiversidad, al conocimiento y utilización
recreativa y didáctica de los recursos naturales y además a la recuperación del medio natural degradado o contaminado.
b) Actuaciones de impulso de la eficiencia y de la utilización sostenible de las energías renovables.
c) Otras actuaciones de protección del medio ambiente y del espacio natural.
Requisitos:
Para poder ser beneficiarios de estas subvenciones, los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia deben cumplir el requisito de tener remitidas las cuentas del ejercicio presupuestario 2013 al Consejo de Cuentas de Galicia.Este requisito deberá estar cumplido antes de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
En el caso de agrupación de ayuntamientos o solicitud conjunta para la gestión compartida,
deberán cumplir con este requisito todos los ayuntamientos agrupados o asociados.
La falta de acreditación de este requisito por parte de alguno de los ayuntamientos participantes en la solicitud de subvención supondrá la inadmisión de esta.
La acreditación de este requisito se realizará en el plazo y en la forma establecidos en los artículos 20 o 21, según el caso.
Documentos asociados
Boletín:
01/12/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 230
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 230
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento