Subvenciones de la campaña 2009-2010 a entidades locales para la implantación de sistemas públicos de alquiler de bicicletas.

Código de ayuda:

S75719/09

Norma:

RESOLUCION 2687/2009, de 18 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/01/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Actuar sobre la movilidad urbana para conseguir una mayor participación de uno de los medios más eficientes de transporte, como es la bicicleta.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales de Navarra o sus agrupaciones legalmente constituidas.

En el caso de que la solicitud se realice por una agrupación, deberá adjuntarse documento que refleje que las entidades locales integrantes de la misma han delegado en la agrupación la implantación y gestión del
sistema público de alquiler de bicicletas.

b) Las entidades o agrupaciones solicitantes deben superar los 10.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La implantación de sistemas públicos de alquiler de bicicletas por parte de entidades locales de Navarra, así como su mantenimiento y gestión hasta el 31 de agosto de 2010. En el Anexo II de la convocatoria
se definen los requisitos que deben cumplir los sistemas implantados.

b) La ampliación de sistemas públicos de alquiler de bicicletas ya existentes, pero no la sustitución de un sistema por otro. En ese caso, las cifras de bicicletas y bases se refieren a la ampliación del sistema.

c) El IVA no se considerará coste elegible, como tampoco aquellos gastos realizados con anterioridad al 1 de julio de 2009, ni los costes de mantenimiento del sistema en que se incurra a partir del 1 de septiembre
de 2010.

d) Podrá incluirse dentro del coste máximo elegible establecido en la base siguiente los estudios necesarios para determinar la localización óptima de las bases y el sistema que mejor se adapte a la entidad local
solicitante, si bien este coste no podrá suponer más del 10% del coste elegible total derivado de la fórmula de cálculo y deberá corresponder a la contratación de servicios externos.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 155
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento