Subvenciones de la Fundacion Municipal de Cultura de Siero.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S18273/11

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones o entidades de índole cultural o juvenil, que no tengan ánimo de lucro y que tengan su sede social en el Concejo de Siero, para colaborar en actividades culturales o actividades destinadas a los jóvenes, durante el año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas no podrán superar el 60% del coste de la actividad que se trate de subvencionar y serán compatibles con otras financiaciones, siempre que el importe total de éstas no supere el 100% del presupuesto del proyecto o de la actividad. No obstante existirá incompatibilidad para percibir esta subvención si la misma actividad ya se hubiera subvencionado a través de la convocatoria general del Ayuntamiento de Siero o por la propia Fundación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones o entidades de índole cultural o juvenil, que no tengan ánimo de lucro y que tengan su sede social en el Concejo de Siero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La colaboración con actividades culturales o actividades destinadas a los jóvenes, durante el año 2011.

Requisitos:

a) En el caso de las asociaciones a que se refiere el artículo 226 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Siero, salvo aquellas personas de derecho público y las demás que pudieran estar exentas de este requisito.

b) En el caso de otras personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso, inscritas en el registro que corresponda atendidas su naturaleza y que carezcan de ánimo de lucro, circunstancia que
deberá constar de manera expresa en sus documentos fundacionales.

c) Tanto en el caso de las asociaciones como de otras entidades, que la actividad para la que se solicita la
subvención tenga cabida dentro de su objeto y fines sociales.

d) No estar incursos los interesados ni las personas jurídicas o las entidades y personas que ejercen la representación legal de las mismas en causa de incapacidad o incompatibilidad o en cualquiera de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Encontrarse al corriente en sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social.

f) Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad
por el Ayuntamiento de Siero o cualquiera de sus organismos autónomos o, en su caso, hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de reintegro de subvenciones.

g) En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, o cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica pueda llevar a cabo los proyectos o actividades para los que se solicita subvención a las que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, para poder ser beneficiarios, todos y cada uno de sus miembros
deberán reunir los anteriores requisitos.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento