Subvenciones de la Consejería de Educación en materia de enseñanzas universitarias.
Código de ayuda:
S21282/05Norma:
Decreto 116/2005, de 26 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases que regulan la concesión de subvenciones en materia de enseñanzas universitarias a conceder por la consejería con competencias en materia de Educación de la Junta de Extremadura.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Diversas personas físicas y/o jurídicas relacionadas con cada línea de actuación de las subvenciones.1. Para Subvenciones a consejos de alumnos y asociaciones de estudiantes universitarios de extremadura, los beneficiarios serán:
a) Las Asociaciones, debidamente inscritas y con sede en Extremadura, de estudiantes universitarios de la Universidad de Extremadura, o de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en sus centros en la Comunidad Autónoma.
En el caso de que la Universidad de Extremadura disponga de un registro de Asociaciones universitarias, los solicitantes deberán estar inscritos en el mismo.
b) Las Asociaciones, debidamente inscritas y con sede en Extremadura, cuyos miembros sean alumnos matriculados en el Programa “Universidad de los Mayores” de la Universidad de Extremadura.
c) Consejos de Alumnos, tanto de la Universidad de Extremadura como de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en sus centros en la Comunidad Autónoma.
2. Para Subvenciones para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudios conducentes a la obtención de las distintas titulaciones implantadas en la universidad de extremadura, los beneficiarios serán:
- La Universidad de Extremadura, a solicitud de los decanos o directores de los centros para la realización de prácticas en alguna de estas modalidades:
a) Que estén comprendidas en planes de estudios que contemplen créditos de prácticum o prácticas que por su naturaleza hayan de realizarse fuera del centro.
b) Que estén referidas a titulaciones con materias que, por su carácter y contenido, requieran su realización fuera del centro,
como complemento indispensable para su formación, y siempre que estén reconocidas por la Junta del Centro.
3. Para Subvenciones para residentes-colaboradores en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura, los beneficiarios serán los alumnos de la Universidad de Extremadura que se matriculen durante el curso académico vigente en la fecha de convocatoria en titulaciones de I y II ciclo y que al mismo tiempo hayan obtenido una plaza en régimen de residentes internos durante el citado curso académico en las Residencias Universitarias dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, conforme a la convocatoria pública realizada en el primer semestre de cada año.
Documentos asociados
Boletín:
03/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento