Subvenciones de la Ayuda 4 del programa de inclusión laboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción.
Código de ayuda:
S19555/26Norma:
Orden de 2 de julio de 2026. ORDEN de 8 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para favorecer la inclusión laboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción y sus entidades promotoras, en el marco del Programa Operativo FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establece un módulo económico de 15.000 euros por puesto de inserción creado, con un límite del 90 por 100 del coste total de la inversión realizada subvencionable sin IVA, debiendo justificarse la realización del 100 por 100 de la inversión.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la Ayuda 4 las empresas de inserción con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid que cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de empresa de inserción, y que se encuentren inscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Promoción e Inserción Laboral subvencionables por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en los artículos 17 a 22 del Decreto 32/2003, de 13 de marzo, del Consejo de Gobierno, porel que se regula la colaboración de las empresas de promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social con la Comunidad de Madrid y se establecen medidas de fomento de su actividad. También podrán solicitar las ayudas las empresas de inserción en proceso de calificación que hubieran solicitado la misma con carácter previo a la publicación de la convocatoria, aunque no
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ayuda 4 tiene por objeto la financiación parcial, con un tope máximo del 90 por 100, de las inversiones en activo fijo que estén vinculadas a la creación de nuevos puestos de trabajo de personas en inserción, siempre que dicha inversión esté relacionada con las actividades desarrolladas por la empresa de inserción.Requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad de Madrid.
c) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los
términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de noviembre.
d) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
Documentos asociados
Boletín:
14/07/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
21/07/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 172
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
21/07/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 172
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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