Subvenciones de formacion para trabajadores y trabajadoras del programa Fórmate. Bases Reguladoras y convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S72046/08

Norma:

ORDEN TRE/486/2008, de 6 de noviembre. RESOLUCION TRE/1526/2009, de 28 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Aprobar las bases que deben regular el régimen de concesión de subvenciones de los costes generados en las empresas para la participación de sus trabajadores y sus trabajadoras en actividades formativas dentro del programa Fórmate.

2. Abrir el periodo de presentación de solicitudes para la convocatoria anticipada para el año 2009.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 70% del coste de la formación recibida por los trabajadores/as en el caso de pequeñas y medianas empresas y trabajadores/as autónomos/as.

Hasta el 30% del coste de la formación recibida por los trabajadores/as en el caso de grandes empresas.

Quedan excluidos gastos vinculados a la participación del trabajador en la acción formativa tales como dietas, transporte y otros no directamente asociadas al coste de la formación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Entidades beneficiarias de la subvención:

a) Trabajadores/as autónomos/as con domicilio fiscal en Cataluña, tengan o no trabajadores/as a su cargo.
b) Pequeñas y medianas empresas con centro de trabajo situado en Cataluña (PYME).
c) Grandes empresas con centro de trabajo situado en Cataluña.

2. Personas beneficiarias de las acciones de formación:

a) Trabajadores y trabajadoras en activo cuyo centro de trabajo esté situado en Cataluña.
b) Se considerará colectivos preferentes: las mujeres, los mayores de 50 años, las personas con discapacidad, las personas con baja cualificación (inferior a una cualificación educativa de formación secundaria o profesional superior o equivalente), los jóvenes menores de 25 años que han accedido por primera vez al mercado laboral, a los efectos de los 6 primeros meses a contar desde su contratación, y toda persona que se reincorpore a la vida laboral después de una interrupción de 3 años como mínimo, especialmente cualquier persona que hubiera dejado de trabajar por la dificultad de compaginar su vida laboral y familiar, a los efectos de los 6 primeros meses a contar desde su contratación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa Fórmate incluye las líneas de actuación siguientes:

a) Idiomas: se incluye en esta línea el aprendizaje tanto de idiomas extranjeros asociados a un empleo como la enseñanza del catalán, a los efectos de mejorar la competencia lingüística oral y escrita en el trato con clientes, proveedores, relaciones internacionales o todo aquello relacionado con el desarrollo del trabajo.

b) Prevención de riesgos laborales: se incluye en esta línea la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales que sea suficiente y adecuada al puesto de trabajo o función de cada trabajador o trabajadora con la finalidad de garantizar la mejora de sus condiciones de seguridad y salud, preferentemente aquella formación orientada a prevenir las lesiones más representativas cuantitativamente.

c) Transferencia de conocimientos: se incluye en esta línea cualquier otra actividad formativa no incluida en las anteriores y que suponga una mejora en las competencias profesionales del/de la trabajador/a mediante una formación genérica que dote a los trabajadores y trabajadoras de aquellos conocimientos y herramientas que les permitan desarrollarse en el ámbito profesional, especialmente dentro del ámbito de las universidades, escuelas universitarias, centros asociados y escuelas de negocio. No se subvencionarán cursos ni asignaturas de carreras universitarias, así como formación reglada.

El periodo de ejecución de las acciones formativas estará comprendido entre el 1 de agosto de 2008 y el 30 de septiembre de 2009.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5263
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 05/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5394
Documento: Finalización de Plazo Descargar Documento