Subvenciones de fomento del asociacionismo y participación ciudadana.

Código de ayuda:

S02319/06

Norma:

Convocatoria del 26 de enero de 2006. Decreto de 25 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, lo que contribuirá a mejorar el tejido social, promocionando así la calidad de vida y el bienestar social de los vecinos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Ciudadanas que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones recogidas en el art.31 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Proyectos de carácter cultural cuyas actividades vengan a desarrollar y completar las realizadas por el Distrito Municipal de Puente de Vallecas, cuyo ámbito de aplicación se sitúe en este Distrito y se lleven a cabo en el año natural en que se publique la convocatoria.
- Proyectos de carácter deportivo cuyas actividades vengan a desarrollar y completar las realizadas por el Distrito Municipal de Puente de Vallecas, cuyo ámbito de aplicación se sitúe en este Distrito y se lleven a cabo en el año natural en que se publique la convocatoria.
- Proyectos destinados a fomentar e impulsar el ocio juvenil e infantil que vengan a desarrollar y completar los efectuados por el Distrito Municipal de Puente de Vallecas, cuyo ámbito de aplicación se sitúe en este Distrito y se lleven a cabo en el año natural en que se publique la convocatoria.

Requisitos:

Las entidades que soliciten la concesión de una subvención deberán estar inscritos en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid a que se refiere el Título III del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y haber obtenido a la declaración de Utilidad Pública, requisitos estos que se deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener, al menos, durante el ejercicio económico en el que se conceda la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 26/01/2006
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5688
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/06/2006
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5708
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento