Subvenciones de fomento del asociacionismo dirigida a entidades de iniciativa social del area de personas mayores.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S01819/12

Norma:

ORDEN FORAL 230/2011, de 16 diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones para el fomento del asociacionismo, dirigidas a las entidades de iniciativa social del área de personas mayores que, careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en Navarra, desarrollen actuaciones básicas de asociacionismo en el año 2012.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud. (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que aún careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra, intervengan exclusivamente en el área de personas mayores y desarrollen las referidas actividades básicas del asociacionismo, y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acogida.

b) Información y orientación.

c) Divulgación.

d) Sensibilización.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro de Servicios Sociales del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el punto a) de esta base.

c) Carecer de findes de lucro.

d) Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas y dirigidas exclusivamente a
personas mayores.

e) Contar con la financiación de fondos propios y de otras subvenciones públicas o privadas.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 9
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento