Subvenciones de fomento de viviendas públicas y rehabilitación de inmuebles en municipios de Aragón de menos de tres mil habitantes.

Código de ayuda:

S19128/26

Norma:

ORDEN VFL/1008/2026, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas subvenciones es fomentar la ampliación de un parque público de viviendas en esos municipios aragoneses, apoyando el ejercicio de sus propias competencias, mediante el otorgamiento de ayudas económicas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En los municipios (o núcleos dependientes de municipios de más de 3.000 habitantes) que cuenten con una población inferior a 500 habitantes, hasta 72.000 euros por vivienda.
b) En los municipios que cuenten con una población entre 500 habitantes y 1.000 habitantes, hasta 66.000 euros por vivienda.
c) En los municipios que cuenten con una población entre 1.000 y 3.000 habitantes, hasta 60.000 euros por vivienda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de subvencionables las promociones para ejecución de obra de construcción o rehabilitación de viviendas, incluyendo la fase de redacción de proyectos, así como el pago de honorarios técnicos de dirección de obra, incluidos los correspondientes a seguridad y salud. Por lo que se refiere a los costes de honorarios técnicos se considera incluido el IVA correspondiente. Por lo que a la ejecución de obras se considera subvencionable lo relativo al presupuesto total, que incluye, ejecución material, gastos generales, beneficio industrial e IVA. El importe del IVA será subvencionable siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación, circunstancia que deberá acreditar el solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 131
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento