Subvenciones de fomento de la movilidad de los investigadores, para el año 2009. - Aceptación de la subvención por parte de los beneficiarios.

Código de ayuda:

S38700/08

Norma:

Decreto 119/2005, de 7 de junio. Decreto 170/2006, de 18 de julio. ORDEN de 15 de mayo de 2008. RESOLuCIÓN de 2 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder para el año 2009 las subvenciones de fomento de la movilidad de los investigadores a los solicitantes relacionados en el Anexo I y en las cuantías que en él se determinen.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para la actuación de tipo A, prevista en el apartado segundo de la convocatoria, en una cantidad de 1.300 a 2.500 euros por mes de estancia, en función del lugar de destino, además de una dotación para gastos de desplazamiento e instalación que será como máximo de 1.800 euros.

b) Para la actuación de tipo B, prevista en el apartado segundo de la convocatoria, en una cantidad de 1.200 a 2.200 euros por mes de estancia, además de una dotación para gastos de desplazamiento e instalación que será como máximo de 1.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los centros y organismos de investigación en los que estén encuadrados los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se considerarán actuaciones subvencionables aquéllas que teniendo como finalidad la movilidad, internacionalización y permeabilidad del personal investigador de los centros y organismos de investigación, consistan en:

a) Actuación A: Estancias en centros u organismos de investigación de prestigio radicados fuera de Aragón, realizadas por los investigadores doctores que estén vinculados a centros u organismos de investigación que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Los investigadores deberán pertenecer a un grupo de investigación reconocido por la Administración de esta Comunidad Autónoma.

b) Actuación B: Estancias que realicen los investigadores procedentes del exterior de Aragón en centros u organismos de investigación que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Estos investigadores deberán integrarse en un grupo de investigación reconocido por la Administración de esta Comunidad Autónoma.

2. Las estancias objeto de subvención no podrán ser inferiores a tres meses y el periodo de estancia a subvencionar con cargo a esta convocatoria no podrá ser superior a un año, siempre y cuando la estancia se realice dentro del año 2009. Si el plan de trabajo previstoexigiera prolongar la estancia más allá del 31 de diciembre de 2009, el periodo correspondiente al año 2010 deberá ser objeto de una nueva solicitud en la convocatoria correspondiente.

3. Será responsabilidad del investigador objeto de la movilidad la suscripción de los correspondientes seguros de accidentes corporales y asistencia sanitaria en caso de que dichas contingencias no estén cubiertas por otros medios.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 73
Documento: Decreto 119/2005 - Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/07/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 86
Documento: Decreto 170/2006 - Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 26/05/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 66
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/12/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 214
Documento: Aceptación de subvención por parte de los beneficiarios Descargar Documento