Subvenciones de cultura, en régimen de concurrencia competitiva.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S06737/11Norma:
Cornellà de Llobregat, 2 de febrero de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/03/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las ayudas que otorgue el Ayuntamiento de Cornellà a proyectos de carácter cultural.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe y porcentaje de las subvenciones que se otorguen no excederá, en cualquier caso, del 75% del coste total de los proyectos subvencionables, y hasta la consignación anteriormente fijada, en atención al valor social de la tarea que las entidades desarrollan y que sólo ellas pueden realizar así como el interés público de estos proyectos para la ciudad, dado que no se podrían llevar a cabo sin una aportación municipal superior a un 50% de su presupuesto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
- Entidades (para PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA y / o PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA):Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con sede o delegación en la ciudad de Cornellà de Llobregat o que, aunque no tengan su domicilio en este municipio, realicen actividades en defensa, fomento o mejora intereses generales o sectoriales de los vecinos de la ciudad de Cornellà de Llobregat y, en ambos casos, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat, que cumplan los requisitos establecidos.
- Personas físicas (sólo para PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA):
Las personas físicas domiciliadas en la ciudad de Cornellà de Llobregat o que, aunque no tengan su domicilio en este municipio, realicen actividades de interés municipal dentro o en beneficio de la ciudad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA:o La creación, producción y difusión artística en la ciudad (teatro, música, literatura, artes plásticas y visuales) tan provengan de asociaciones, colectivos o de personas físicas.
- PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA:
o El fomento de la cultura popular y / o de raíz tradicional.
o Potenciar la producción artística y cultural de carácter amateur.
o Promover jornadas o ciclos de formación en el ámbito de la cultura.
o Iniciativas con estímulo de participación y protagonismo del sector asociativo.
Requisitos:
- Entidades:. Que hayan presentado la actualización de los datos del Registro Municipal citado, en conformidad con lo establecido el artículo 185 del Reglamento Orgánico Municipal (composición Órganos, Junta Directiva, etc. y, en especial, presupuesto y programa de actividades del presente ejercicio).
· Que hayan justificado las subvenciones anteriormente concedidas, el plazo de justificación de las cuales ya haya finalizado.
· Tener un mínimo de 10 puntos, una vez aplicado el baremo específico de valoración.
· Un único proyecto por entidad solicitante para PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA.
· En PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA, las entidades que lo soliciten por primera vez no recibirán subvención durante el ejercicio / curso que la pidan, a fin de propiciar el seguimiento durante un curso por el técnico municipal competente, a efectos de valoración de su programa.
· En PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA sólo se puede presentar un único proyecto por entidad.
· Las entidades que hayan recibido subvención para PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA en las dos últimas convocatorias (años 2009 y 2010) de forma consecutiva, no podrán solicitar en esta convocatoria (año 2011).
- Personas físicas:
· Que hayan justificado las subvenciones anteriormente concedidas, el plazo de justificación de las cuales ya haya finalizado.
· Que la puntuación mínima que obtengan, una vez aplicado el baremo específico de valoración, sea de 10 puntos.
· En PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA sólo se puede presentar un único proyecto por persona física.
· Las personas físicas que hayan recibido subvención para PROYECTOS PARA LA CREACIÓN ARTÍSTICA en las dos últimas convocatorias (años 2009 y 2010) de forma consecutiva, no podrán solicitar en esta convocatoria (año 2011).
Documentos asociados
Boletín:
02/02/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 00
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 00
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín:
11/02/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5816
Documento: Edicto. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5816
Documento: Edicto. Descargar Documento