Subvenciones de creacion audiovisual para el desarrollo y promocion del talento audiovisual gallego.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S16200/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 8 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para fomentar la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores individuales o la realización de largometrajes a cargo de empresas individuales o productoras, y proceder a su convocatoria para este año 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según modalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán optar a estas subvenciones referidas en las modalidades A y B todas las personas físicas residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, siempre que no realicen el proyecto para el cual solicitan la subvención de manera profesional.

2. Podrán optar a las subvenciones referidas en la modalidad C los directores residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, que estén constituidos como productora individual en el momento de presentar la solicitud. Asimismo, podrán optar aquellas personas jurídicas constituidas como productoras con antigüedad de un año establecidas, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A. Subvenciones a la escritura individual de guión en gallego. Subvenciones para proyectos de guión de obras originales o adaptación de obras literarias para largometrajes
cinematográficos. La cuantía adjudicada por proyecto será de 5.000 euros.

Modalidad B. Subvenciones para la realización de proyectos de cortometrajes grabados en versión original gallega con una duración inferior a 30 minutos. Las subvenciones tendrán una cuantía de 6.000 euros.

Modalidad C. Subvenciones a proyectos de largometrajes cinematográficos en versión original gallega, con una duración igual o superior a los 60 minutos y que cuenten con un realizador que no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica. Las subvenciones tendrán una cuantía de 30.000 euros.

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones los solicitantes que se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 65
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento