Subvenciones de apoyo a la producción teatral, la danza y el circo en Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S23837/25Norma:
Orden 107/2025, de 18 de julio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, enrégimen de concurrencia competitiva, destinadas al apoyo a la producción o coproducción profesional de teatro, danza y circo en Castilla-La Mancha.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la subvención a conceder no podrá exceder del 80 por ciento de los gastos subvencionables del presupuesto correspondiente al solicitante, según lo dispuesto en el Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 para este tipo de ayudas, con un importe de la subvención, como máximo, de 50.000 euros por proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán tener la consideración de beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas privadas, cuya actividad profesional sea la producción o la coproducción de espectáculos teatrales, de danza o de circo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos del personal de dirección, producción y artístico directamente relacionados con la actividad subvencionada y su gestión, incluido el coste empresarial derivado de la contratación laboral en concepto de seguridad social.b) Gastos relacionados con el personal y/o el material de los elementos escénicos, como escenografía, atrezzo, vestuario, iluminación y sonido, entre otros, imprescindibles para la adecuada producción de la obra.
c) Gastos de adquisición de derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual imprescindibles para la adecuada producción del espectáculo, generados dentro del periodo de ejecución de la actividad objeto de la subvención.
d) Gastos de publicidad y material promocional del espectáculo.
e) Costes indirectos imputables al proyecto en la medida en que correspondan al periodo en que efectivamente se realice la actividad subvencionada y se encuentren relacionados con el desarrollo de la actividad, hasta un máximo del 10 por ciento de los gastos subvencionables del proyecto.
Requisitos:
a) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha o que el proyecto esté vinculado con la identidad de la región (autor/a célebre, personaje relevante o hecho histórico castellano-manchego).b) Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las actividades subvencionables, según lo que indique la convocatoria.
c) Acreditar una trayectoria artística profesional mínima de 1 año. Si la entidad es nueva, al menos la mitad de sus socios/as debe cumplir con este requisito.
d) Contar con las autorizaciones necesarias para representar y explotar la obra (de autores o entidades de gestión).
e) Estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no tener deudas por reintegro de subvenciones.
f) Tener un plan de prevención de riesgos laborales (si aplica) y no haber sido sancionado por faltas muy graves en esta materia en el año anterior a la solicitud.
g) No estar en situación de incompatibilidad según la Ley 11/2003, ni contratar servicios de exempleados públicos incumpliendo el artículo 19.5 de dicha ley.
h) No estar afectado por las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de Subvenciones (por ejemplo, condenas por delitos, no estar al corriente con obligaciones tributarias, etc.).
i) No haber sido sancionado o condenado por prácticas laborales discriminatorias, salvo si se ha cumplido la sanción y se ha implantado un plan de igualdad validado.
j) Cumplir los plazos legales de pago a proveedores en subvenciones superiores a 30.000 €, si son personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro (salvo entidades públicas).
k) No ser una empresa en crisis, según el Reglamento (UE) nº 651/2014.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 143
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