Subvenciones de ahorro y eficiencia energetica, en regimen de concurrencia competitiva y en regimen reglado.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S51300/11

Norma:

RESOLUCIÓN EMO/2854/2011, de 29 de noviembre. RESOLUCIÓN EMO/2982/2011, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/12/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se abre la convocatoria pública para el año 2011 para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Catalán de Energía (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según línea de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. AC-1 Inversiones en tecnologías de mejora de la eficiencia energética en explotaciones agrarias.

Titulares de explotaciones agrarias incluidos en la clasificación presupuestaria Empresas privadas.

Comunidades de regantes incluidas en la clasificación presupuestaria de entidades de derecho público de la Generalidad sometidas al régimen jurídico privado.

Otras agrupaciones de regantes incluidas en la clasificación presupuestaria Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Fundaciones.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

De acuerdo con la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, el titular de explotación agraria es la persona física o jurídica que ejerce la actividad agraria organizando los bienes y derechos integrantes de la explotación con criterios empresariales y asumiendo los riesgos y responsabilidades civil, social y fiscal que pueden derivarse de la explotación.

2. AR-1 Auditorías energéticas en explotaciones agrarias.

Titulares de explotaciones agrarias incluidos en la clasificación presupuestaria Empresas privadas.

Comunidades de regantes incluidas en la clasificación presupuestaria Entidades de derecho público de la Generalidad sometidas al régimen jurídico privado.

Otras agrupaciones de regantes incluidas en la clasificación presupuestaria Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Fundaciones.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

3. CC-1 Cogeneraciones en el sector no industrial.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

4. CC-2 Microcogeneraciones hasta 150 kWe.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

5. CR-1 Auditorías energéticas y estudios de viabilidad en plantas de cogeneración.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

6. EC-1 Mejora de la eficiencia energética del equipamiento específico del sector terciario.

Empresas privadas del sector terciario, además de talleres de mantenimiento y reparación de maquinaria o del sector transporte, o profesionales autónomos, mientras no desarrollen tareas con un CNAE industrial.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

7. ER-1 Auditoría energética de edificios, servicios no industriales y alumbrado.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

8. ER-2 Estudios para la mejora de la calificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción y rehabilitaciones importantes.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

9. ER-3 Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado interior de edificios públicos y privados existentes.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

10. ER-4 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

11. ER-5 Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de uso diferente al de vivienda.

Empresas privadas.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

12. ER-6 Construcción de nuevos edificios con alta calificación de eficiencia energética.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

13. ER-7 Mejora de la eficiencia energética en las instalaciones de ascensores existentes en edificios.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

14. IC-1 Inversiones o renovación en tecnologías energéticamente eficientes en la industria.

Empresas privadas.

Podrán recibir esta subvención sólo las empresas incluidas en los sectores industriales manufactureros.

Quedan excluidas la industria extractiva energética, la agrupación de actividad de Refinamiento de petróleo y tratamiento de combustibles nucleares, así como las empresas de generación, transporte y distribución de
energía eléctrica.

15. IR-1 Auditorías energéticas en la industria y estudios de externalización hacia empresas de servicios energéticos.

Empresas privadas.Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

16. IR-2 Implantación de la norma ISO-50001 de sistemas de gestión energética.

Empresas privadas.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

17. PC-1 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones actuales de potabilización, abastecimiento, depuración de aguas residuales y desalinización.

Empresas privadas.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

Entidades de derecho público de la Generalidad sometidas a derecho jurídico privado.

18. PR-1 Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado exterior existente.

Empresas privadas.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

19. SC-1 Inversiones o renovación en redes urbanas de calor y frío.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

20. TC-1 Elaboración de planes de movilidad urbana (PMU) energéticamente eficientes.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

La unión de varios municipios cuando estos integren un esquema de movilidad interdependiente y los ayuntamientos afectados lo hayan acordado previamente.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

Todos los municipios que tengan más de 10.000 habitantes o los que, a pesar de no alcanzar esta cifra, sean capital de comarca.

21. TC-2 Estudios de viabilidad y actuaciones piloto en el marco de los planes de movilidad urbana (PMU) y planes de desplazamiento de empresa (PDE).

Empresas privadas.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

Para estudios de viabilidad y actuaciones piloto en el marco de los PMU todos los municipios deben tener más de 10.000 habitantes o bien, si no alcanzan esta cifra, ser capital de comarca.

La unión de varios municipios cuando estos integren un esquema de movilidad interdependiente y los ayuntamientos afectados lo hayan acordado previamente.

Para estudios de viabilidad y actuaciones piloto en el marco de los PDE, los beneficiarios deberán tener más de 200 trabajadores en un mismo centro de trabajo o, si se trata de una solicitud para una agrupación de beneficiarios, en un mismo emplazamiento.

22. TC-3 Experiencias piloto en planes de movilidad del vehículo eléctrico.

Empresas privadas.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

Todos ellos municipios que tengan más de 30.000 habitantes o que, sin alcanzar esta cifra, sean capital de comarca.

La unión de varios municipios, cuando estos integren un esquema de movilidad interdependiente y los ayuntamientos afectados lo hayan acordado previamente.

Una vez regulada la figura del gestor de recarga, este también puede solicitar la subvención. (Empresa privada)

23. TC-4 Estaciones de recarga eléctrica para vehículos matriculados.

Empresas privadas.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

24. TC-5 Estaciones de recarga de GNC/GLP para vehículos matriculados.

Empresas privadas.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

25. TC-6 Promoción de sistemas de bicicleta pública.

Empresas privadas.

Corporaciones locales.

26. TC-7 Incorporación de tecnologías de gestión energética en flotas de transporte por carretera, ya sean de viajeros o de mercancías.

Empresas privadas.

Fundaciones.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

27. TR-1 Renovación del parque de vehículos tipo turismo.

Empresas privadas.

Familias.

Fundaciones.

Otras instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos.

Corporaciones locales.

Otros entes dependientes de corporaciones locales.

Consorcios dependientes de corporaciones locales.

28. TR-2 Renovación del parque de vehículos y material móvil industrial.

Empresas privadas.

Fundaciones.

Corporaciones locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos y las actuaciones realizadas dentro del territorio catalán que se puedan integrar en alguna de las líneas de actuación siguientes:

1. AC-1 Inversiones en tecnologías de mejora de la eficiencia energética en explotaciones agrarias (agricultura concurrencia competitiva 1).

2. AR-1 Auditorías energéticas en explotaciones agrarias (agricultura reglada 1).

3. CC-1 Cogeneraciones en el sector no industrial (cogeneración concurrencia competitiva 1).

4. CC-2 Microcogeneraciones hasta 150kWe (cogeneración concurrencia competitiva 2).

5. CR-1 Auditorías energéticas y estudios de viabilidad en plantas de cogeneración (cogeneración reglada 1).

6. EC-1 Mejora de la eficiencia energética del equipamiento específico del sector terciario (edificios concurrencia competitiva 1).

7. ER-1 Auditoría energética de edificios, servicios no industriales y alumbrado (edificios reglada 1).

8. ER-2 Estudios para la mejora de la calificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción y rehabilitaciones importantes (edificios reglada 2).

9. ER-3 Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado interior de edificios públicos y privados existentes (edificios reglada 3).

10. ER-4 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes (edificios reglada 4).

11. ER-5 Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de uso diferente al de vivienda (edificios reglada 5).

12. ER-6 Construcción de nuevos edificios con alta calificación de eficiencia energética (edificios reglada 6).

13. ER-7 Mejora de la eficiencia energética en las instalaciones de ascensores existentes en edificios (edificios reglada 7).

14. IC-1 Inversiones o renovación en tecnologías energéticamente eficientes en la industria (industria concurrencia competitiva 1).

15. IR-1 Auditorías energéticas en la industria y estudios de externalización hacia empresas de servicios energéticos (reglada 1).

16. IR-2 Implantación de la norma ISO-50001 de sistemas de gestión energética (reglada 2).

17. PC-1 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones actuales de potabilización, abastecimiento, depuración de aguas residuales y desalinización (servicios públicos concurrencia competitiva 1).

18. PR-1 Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado exterior existente (servicios públicos reglada 1).

19. SC-1 Inversiones o renovación en redes urbanas de calor y frío (servicios energéticos concurrencia competitiva 1).

20. TC-1 Elaboración de planes de movilidad urbana (PMU) energéticamente eficientes (transporte concurrencia competitiva 1).

21. TC-2 Estudios de viabilidad y actuaciones piloto en el marco de los planes de movilidad urbana (PMU) y planes de desplazamiento de empresa (PDE) (transporte concurrencia competitiva 2).

22. TC-3 Experiencias piloto en planes de movilidad del vehículo eléctrico (transporte concurrencia competitiva 3).

23. TC-4 Estaciones de recarga eléctrica para vehículos matriculados (transporte concurrencia competitiva 4).

24. TC-5 Estaciones de recarga de GNC/GLP para vehículos matriculados (transporte concurrencia competitiva 5).

25. TC-6 Sistemas de bicicleta pública (transporte concurrencia competitiva 6).

26. TC-7 Incorporación de tecnologías de gestión energética en flotas de transporte por carretera, ya sean de viajeros o de mercancías (transporte concurrencia competitiva 7).

27. TR-1 Renovación del parque de vehículos tipo turismo (transporte reglada 1).

28. TR-2 Renovación del parque de vehículos y material móvil industrial (transporte reglada 2).

Requisitos:

a) Para todos los beneficiarios excepto los que se integran en la partida presupuestaria de Familias y en los casos en que la plantilla supere los 50 trabajadores, cumplir la obligación de la cuota de reserva de la integración social de los minusválidos que establece el artículo 92.5 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

b) No haber sido sancionados, en resolución firme, durante el año anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social,
aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

c) Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social y de las obligaciones con la Generalidad de Cataluña.

d) No encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).

e) Para los beneficiarios incluidos en las categorías Empresas privadas, Instituciones sin ánimo de lucro y otros entes corporativos y Fundaciones, cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).

f) En el caso de empresas, según la definición comunitaria de empresa que recoge el anexo 7 de estas bases, no tratarse de una empresa en crisis según la definición comunitaria incluida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244,
de 1.10.2004).

g) En caso de ser una empresa según la definición comunitaria de empresa que recoge el anexo 7 de estas bases, que haya sido objeto de una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, deberá haber reembolsado el importe de la ayuda más los intereses correspondientes de la orden de recuperación.

h) Se excluyen de la posibilidad de sujeción al Reglamento (CE) núm. 800/2008 las actividades y empresas que recogen el artículo 1.2 y el artículo 18.9 de este Reglamento.

i) Se excluyen de la posibilidad de sujeción al Reglamento (CE) núm. 1857/2006 las actividades y empresas que recoge el artículo 1 de este Reglamento.

j) Se excluyen de la posibilidad de sujeción al Reglamento (CE) núm. 1998/2006 las actividades y empresas que recoge el artículo 1.1 de este Reglamento.

k) Se excluyen de la posibilidad de sujeción al Reglamento (CE) núm. 1535/2007 las actividades y empresas que recoge el artículo 1 de este Reglamento.

l) Las empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas, tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de declarar e indicar los medios que la entidad utilizará como medidas de prevención y detección de los casos de acoso sexual y acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92.7 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

m) Para todos los beneficiarios, excepto los que se integran en la partida presupuestaria de Familias, declaración responsable que incluya el compromiso de dar publicidad a las remuneraciones que percibe el personal directivo de la entidad subvencionada; entendiendo por directivo o directiva a la persona que ejerce funciones ejecutivas y de administración, en la memoria que se adjunta a los estados contables.

Documentos asociados

Boletín: 09/12/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6021
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/12/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6035
Documento: Modificación Descargar Documento