Subvenciones de Participación Ciudadana, destinadas a las Asociaciones de Vecinos de Palma.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S20237/12

Norma:

Palma, 31 de mayo de 2012. Palma, 30 de maig 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 2 de julio de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones para actividades ciudadanas, socioculturales y comunitarias, realizadas con cargo al presupuesto de 2012 por parte de las asociaciones de vecinos de Palma que se consideren de utilidad pública o social y de interés general y que redunden en beneficio de todos los ciudadanos, dentro del ámbito de las competencias del Área de Bienestar Social, Inmigración y Participación Ciudadana.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de vecinos de la ciudad de Palma que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Actividades festivas que fomenten la convivencia, relacionadas o no con los ciclos festivos tradicionales.

2. Gastos generales y de infraestructura necesarias para el desarrollo de sus funciones específicas y para la realización de los programas de actividades. se subvencionarán exclusivamente gastos de: 1. Adquisición o alquiler de locales 2. Mantenimiento de locales 3. Bienes inventariables (equipos informáticos, mobiliario, etc.) 4. Gastos necesarios propias del funcionamiento ordinario de la entidad: agua, electricidad, teléfono y material fungible de oficina.

3. Actividades socioculturales dirigidas al conjunto de la población para dinamizar la vida cultural, potenciar la interrelación entre diferentes sectores de población, facilitar la integración y estimular la participación ciudadana, realizadas por las asociaciones y / o en cola ∙ colaboración con otras entidades que no dupliquen la oferta de actividades que ya estén presentes en su ámbito geográfico.

Requisitos:

a. Ser personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica de entidad sin ánimo de lucro.

b. Cumplir los requisitos y las obligaciones previstas en la Ley 38/2003 y al arte. 4 y siguientes de la Ordenanza general municipal.

c. Realizar la actividad o el proyecto presentado en la barriada de Palma donde está ubicada la entidad sololicitante.

d. Estar inscrita en el RMEC.

e. Que conste en los estatutos de la entidad que es una asociación de vecinos.

f. Tener definido en los estatutos como ámbito de actuación alguna de las barriadas de la ciudad de Palma.

g. Las actividades y los proyectos presentados, a parte de socios, tienen que ir destinados al conjunto de la población de la barriada acotada en sus estatutos.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 80
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 02/06/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento