Subvenciones correspondientes al ejercicio 2010 para la organizacion y realizacion de cursos, postgrados y masters, seminarios, jornadas y congresos y estudios y trabajos en materia de derecho privado de Cataluña.

Código de ayuda:

S21664/10

Norma:

ORDEN JUS/194/2010, de 24 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La organización y realización, durante el año 2010, de cursos, postgrados, masters, seminarios,
jornadas y congresos y estudios y trabajos en materia de derecho privado de Cataluña, en el marco del 50 aniversario de la Compilación del derecho civil de Cataluña y del desarrollo posterior del derecho civil catalán.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Justicia, Derechos, y Memoria (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades públicas y privadas y las personas físicas que organicen estudios, proyectos, cursos, postgrados, seminarios, jornadas, congresos y masters.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Cursos, postgrados, masters, seminarios, jornadas y congresos y estudios y trabajos en materia de derecho privado.

Requisitos:

a) Las entidades privadas han de ser entidades sin ánimo de lucro y tienen que estar inscritas, si procede, en el registro que corresponda. Este requisito de inscripción registral tiene que acreditarse mediante un certificado emitido por el responsable del registro. En el caso de entidades inscritas en cualquiera de los registros dependientes de la Generalidad de Cataluña sólo hará falta indicar los datos registrales.

b) Los solicitantes tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Generalidad de Cataluña y con la Seguridad Social. Este requisito se acredita mediante la declaración responsable que consta en la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5601
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento