Subvenciones correspondientes al año 2009, para la celebracion de actividades divulgativas y acciones de comunicacion, sobre asuntos relacionados con el ambito de sus competencias - Segunada Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S43446/09

Norma:

Resolucion de 20 de mayo de 2009. Resolucion de 19 de junio de 2009. Resolucion de 30 de diciembre de 2009. Resolución de 30 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas subvenciones es promover la realización de iniciativas de comunicación y participación ciudadana, con motivo de la Presidencia española de la UE y del Trío.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Otras

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe máximo total de 372.100,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Toda persona física o jurídica, de derecho público o privado, española o extranjera.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La celebración de actividades divulgativas y acciones de comunicación que giren en torno a los logros y balance de la Presidencia Española de la Unión Europea y los temas incluidos en el Programa del Trío de
presidencias formado por España, Bélgica y Hungría, que tengan lugar durante el año 2010, desde el momento en el que se conozca la concesión hasta el 5 de noviembre de 2010.

Requisitos:

1. Carecer su actividad de fines de lucro.

2. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el objetivo de cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.

4. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 135
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 151
Documento: Ampliación de Plazo Descargar Documento
Boletín: 09/01/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 8
Documento: Primera Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/07/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 161
Documento: Segunda Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento