Subvenciones correspondientes a siete líneas de ayudas en el ámbito de las artes.

Código de ayuda:

S15937/19

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/625/2019, de 12 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/803/2019, de 19 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/802/2019, de 19 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/941/2020, de 29 de abril. RESOLUCIÓN CLT/1149/2020, de 26 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/1338/2020, de 8 de junio. RESOLUCIÓN CLT/1348/2020, de 8 de junio. RESOLUCIÓN CLT/1573/2020, de 18 de junio. RESOLUCIÓN CLT/1722/2020, de 9 de julio. RESOLUCIÓN CLT/1950/2020, de 29 de julio. RESOLUCIÓN CLT/2797/2020, de 4 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/3216/2020, de 8 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/198/2021, de 29 de enero. ESOLUCIÓN CLT/415/2021, de 11 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/573/2021, de 25 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/574/2021, de 25 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/578/2021, de 22 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/579/2021, de 25 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Redes de difusión: Hasta el 10/03/2021. Becas, Centros, Programaciones y Profesionales: Hasta el 24/03/2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Subvenciones para la producción municipal y la exhibición en festivales, circuitos y redes de difusión de espectáculos de artes escénicas y música sin finalidad lucrativa.

El objeto de esta línea de subvenciones es dar apoyo a la producción municipal y a la exhibición en festivales, circuitos y redes de difusión de espectáculos de carácter profesional en el ámbito de las artes escénicas y la música sin finalidad lucrativa.

2. Subvenciones para las actividades de los centros de creación y producción de artes escénicas, música y artes visuales de carácter profesional en equipamientos de titularidad pública.

El objeto de estas bases es dar apoyo al programa de las actividades de los centros de creación y producción de artes escénicas, música y artes visuales de carácter profesional en equipamientos de titularidad pública, con gestión pública o privada y situados en Cataluña.

3. Subvenciones para proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

El objeto de estas bases es promover proyectos de actividades que, con continuidad durante el año natural de la concesión de la subvención, den apoyo a los sectores profesionales catalanes en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

4. Becas para la investigación y la innovación en los ámbitos de las artes visuales, de los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento.

El objeto de estas bases es promover el trabajo individual de una persona física o agrupaciones de personas físicas sin personalidad jurídica en un proyecto de investigación, innovación, investigación y experimentación, que representen una aportación de contenidos, y conceptualización de los lenguajes en los ámbitos de las artes visuales, las artes escénicas, la música y el pensamiento. Asimismo, también da apoyo a proyectos que promuevan los nuevos sectores creativos.

5. Becas para la formación y el perfeccionamiento en los ámbitos de las artes visuales, de los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento.

El objeto de estas becas es promover la formación y el perfeccionamiento profesional de creadores e intérpretes en los ámbitos de las artes visuales, de las artes escénicas, de la música, del pensamiento y de los nuevos sectores creativos, mediante la participación en cursos o actividades formativas especializados que se realicen fuera de Cataluña.

6. Subvenciones a las actividades complementarias de la programación profesional estable de determinados equipamientos escénicos y musicales.

El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para la planificación y ejecución de actividades complementarias a la programación profesional estable de artes escénicas y música.

7. Subvenciones para programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional en el ámbito de las artes visuales.

El objeto de estas bases es dar apoyo a la programación estable de actividades de artes visuales. Se entienden por programaciones estables de actividades de artes visuales los ciclos que los espacios de arte o equipamientos culturales dedican a proyectar, coordinar, dirigir, presentar o difundir actividades profesionales relacionadas con las prácticas artísticas contemporáneas a lo largo de, como mínimo, seis meses al año. Las actividades pueden ser exposiciones individuales o colectivas, presentaciones de trabajos, intervenciones de creadores en sus múltiples disciplinas, con el propósito de dar a conocer de modo directo la obra tanto de artistas con una trayectoria profesional más consolidada como la de creadores emergentes. El objetivo es fomentar la participación de la ciudadanía y confrontar criterios con el fin de situar la actividad de los creadores, críticos, estudiantes y espectadores en una zona compartida.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Subvenciones para la producción municipal y la exhibición en festivales, circuitos y redes de difusión de espectáculos de artes escénicas y música sin finalidad lucrativa.

a) En el caso de las modalidades a) y b) de la base 1.2, los ayuntamientos de Cataluña y entes públicos vinculados o dependientes, incluidos, los consorcios, las fundaciones y las sociedades mercantiles con capital social aportado íntegra o mayoritariamente para las entidades mencionadas.

b) En el caso de la modalidad c) de la base 1.2, entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, etc.).

2. Subvenciones para las actividades de los centros de creación y producción de artes escénicas, música y artes visuales de carácter profesional en equipamientos de titularidad pública.

Pueden optar a esta línea de subvenciones las empresas, entidades privadas sin ánimo de lucro, entes locales o entes públicos vinculados que gestionen un equipamiento de titularidad pública situado en Cataluña.

3. Subvenciones para proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

a) Asociaciones profesionales altamente representativas de los sectores de las artes escénicas, de las artes visuales o de la música, que tengan domicilio en Cataluña.

b) Colegios profesionales de ámbito territorial catalán y colegios únicos de ámbito estatal con delegaciones de ámbito territorial catalán.

4. Becas para la investigación y la innovación en los ámbitos de las artes visuales, de los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento.

Pueden optar a estas becas las personas físicas domiciliadas en Cataluña o con domicilio fuera de Cataluña, pero que conserven la vecindad civil catalana.

5. Becas para la formación y el perfeccionamiento en los ámbitos de las artes visuales, de los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento.

Pueden ser beneficiarias de estas becas las personas físicas que estén domiciliadas en Cataluña o con domicilio fuera de Cataluña, pero que conserven la vecindad civil catalana.

6. Subvenciones a las actividades complementarias de la programación profesional estable de determinados equipamientos escénicos y musicales.

Pueden optar a estas subvenciones los ayuntamientos, así como las entidades de derecho público o privado
vinculadas o dependientes, incluidos los consorcios, las fundaciones y las sociedades mercantiles con capital social aportado íntegra o mayoritariamente por las entidades mencionadas.

7. Subvenciones para programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional en el ámbito de las artes visuales.

Pueden optar a las subvenciones ayuntamientos de Cataluña o entes públicos vinculados o dependientes, incluidos los consorcios, las fundaciones y las sociedades mercantiles con capital social íntegra o mayoritariamente de las entidades mencionadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Subvenciones para la producción municipal y la exhibición en festivales, circuitos y redes de difusión de espectáculos de artes escénicas y música sin finalidad lucrativa.

a) Apoyo a la producción de espectáculos de artes escénicas y música, producidos o coproducidos por ayuntamientos o entes dependientes o vinculados. Las producciones pueden ser individuales (una sola producción) o un plan de producción anual (varias producciones), y coproducciones con terceros.

b) Apoyo a la exhibición de espectáculos en festivales de artes escénicas promovidos por ayuntamientos o entes dependientes o vinculados; quedan excluidos los festivales de música.

c) Apoyo a la exhibición de espectáculos en circuitos y redes de difusión de artes escénicas y de música, promovidos por entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, etc.).

2. Subvenciones para las actividades de los centros de creación y producción de artes escénicas, música y artes visuales de carácter profesional en equipamientos de titularidad pública.

a) Cuando el destinatario haya recibido el apoyo de la línea de subvenciones de convenios trienales de colaboración con compañías, empresas de producción teatral y circo, y empresas gestoras de salas de teatro con producción propia.

b) Cuando se trate de equipamientos adheridos al Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña, que reciban apoyo económico a través de un contrato programa o convenio.

c) Cuando se trate de equipamientos de la Red Pública de Centros y Espacios de Artes Visuales de Cataluña o la red o el sistema público que la sustituya, que reciban apoyo económico a través de contrato programa o convenio.

d) Los consorcios o centros de los cuales forme parte el Departamento de Cultura o entes adscritos o vinculados, o que reciban apoyo económico de aquellos mediante otras fórmulas de colaboración.

3. Subvenciones para proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

a) Las impulsadas por centros de creación y producción de titularidad pública, tanto si son gestionados por entidades públicas como por entidades privadas sin ánimo de lucro o empresas privadas.

b) Las que tengan finalidad comercial y las vinculadas a la industria cultural (programaciones estables, proyectos editoriales y galeristas, etc.).

4. Becas para la investigación y la innovación en los ámbitos de las artes visuales, de los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento.

a) Becas para proyectos de investigación e innovación en cualquiera de los lenguajes artísticos contemporáneos en el ámbito de las artes visuales y de los nuevos sectores creativos. Esta modalidad de becas da apoyo a la conceptualización, la creación y el desarrollo del proyecto artístico previo a la producción.

b) Becas para proyectos de investigación e innovación en el ámbito de las artes escénicas. Esta modalidad de becas da apoyo a proyectos de investigación, innovación y creación en el ámbito de la danza, el teatro y el circo que conlleven un trabajo de investigación de los lenguajes artísticos sobre los cuales se trabaja, vinculados o no a una producción. En el caso de procesos de creación de espectáculos, solo se da apoyo a la concepción de la idea y a toda la investigación y experimentación previa a la producción.

c) Becas para proyectos de investigación e innovación en el ámbito de la música. Esta modalidad de becas da apoyo a la creación compositiva de obras originales, excepto las revisiones, versiones o instrumentaciones posteriores de obras del mismo autor o de obras preexistentes de otros autores. El resultado final debe ser una partitura; en el caso de obras electroacústicas que no tengan partitura, el resultado debe ser una creación en un soporte de audio.

d) Becas para proyectos de investigación promovidos por investigadores, pensadores, críticos, historiadores, comisarios, etc., que lleven a cabo un trabajo de investigación teórico en los ámbitos de la cultura artística, humanista, del pensamiento y de los nuevos sectores creativos, con la finalidad de presentarlo públicamente.

5. Becas para la formación y el perfeccionamiento en los ámbitos de las artes visuales, de los nuevos sectores creativos, de las artes escénicas, de la música y del pensamiento.

6. Subvenciones a las actividades complementarias de la programación profesional estable de determinados equipamientos escénicos y musicales.

7. Subvenciones para programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional en el ámbito de las artes visuales.

a) Promover la interrelación del espacio de artes visuales con su territorio de referencia.

b) Promover la creación de valor e interés por las prácticas artísticas contemporáneas en su territorio de referencia, especialmente con respecto a proyectos educativos y de dinamización comunitaria.

c) Realizar actividades y estrategias para la creación y fidelización de públicos.

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