Subvenciones con el fin de impulsar proyectos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Código de ayuda:
S01819/05Norma:
Orden REL/15/2005, de 29 de diciembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/02/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promocionar los programas y actuaciones destinadas a la mujer.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Formación
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La suma total de las subvenciones concedidas en ningún caso, aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas, podrá exceder del coste del proyecto de la actividad subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Entidades y Asociaciones de mujeres, o secciones de mujeres de las demás asociaciones de carácter social sin ánimo de lucro que presenten proyectos destinados a la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Cantabria y cumplan los siguientes requisitos:a) Las Entidades y Asociaciones solicitantes deberán estar ubicadas en Cantabria.
b) Estarán inscritas en un registro público, estatal o autonómico.
c) Carecerán de ánimo de lucro, requisito que debe figurar en los Estatutos de la Entidad.
d) Tendrán entre sus fines el fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la promoción de las mujeres en diversos ámbitos o el desarrollo de actuaciones cuyas usuarias sean exclusivamente mujeres.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f) No mantener deudas con el Gobierno de Cantabria y hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por el Gobierno de Cantabria.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurran las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
Quedan excluidas las Asociaciones que, habiendo recibido con anterioridad alguna subvención o ayuda del Gobierno de Cantabria, no hubieran justificado su empleo en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes que contempla la presente orden, salvo que el plazo de justificación de aquéllas se extienda más allá del anteriormente señalado.
Igualmente, quedan excluidas aquellas Asociaciones que tengan asignación nominativa de otra subvención o ayuda con cargo a los créditos presupuestarios de la Dirección General de la Mujer, previstos para el ejercicio 2005.
Por último, quedan excluidas aquéllas entidades que hayan sido condenadas en el ámbito laboral o sancionadas por infracción administrativa relacionada con la discriminación de las mujeres.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Proyectos de formación para la inserción laboral y reciclaje profesional de las mujeres en concordancia con el mercado laboral, especialmente aquellos sobre nuevos yacimientos de empleo, proyectos de creación de empleo y orientación socio-laboral dirigidos a mujeres, así como la realización de prácticas profesionales en empresas.En todo caso y de manera especial los que se dirijan a mujeres en situación de doble marginación o víctimas de violencia de género.
- Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres en el mercado laboral, en su acceso, promoción, salarios, en profesiones u ocupaciones en las que estén subrepresentadas o en su acceso a puestos de responsabilidad en las empresas, sindicatos o asociaciones profesionales o empresariales.
- Proyectos que contribuyan a alcanzar la paridad entre géneros.
- Proyectos que promuevan la aplicación de mainstreaming de género o enfoque integrado de género en el diseño de toda clase de políticas o actuaciones en el ámbito local, que hayan sido elaborados en coordinación con las corporaciones locales correspondientes.
- Proyectos para la Conciliación de la vida personal, laboral y familiar que cubran los horarios no lectivos de niños y niñas mayores de 6 años o el horario completo en el supuesto de menores de 6 años y personas dependientes.
- Proyectos de educación en igualdad de géneros dirigidos a colectivos específicos, especialmente a centros educativos públicos que tengan programa de apertura a la comunidad.
- Proyectos para la difusión del protagonismo de las mujeres a lo largo de la historia, de las actuales protagonistas mujeres en cada una de las manifestaciones de la ciencia, la cultura, la política, etc. y de la historia de las reivindicaciones por la igualdad de géneros.
- Actividades formativas de carácter social y cultural para mujeres.
- Programas y actuaciones dirigidas al desarrollo del Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Cantabria.
Estas subvenciones no incluirán inversiones en infraestructura ni equipamiento de las entidades o asociaciones solicitantes, sino exclusivamente los propios del desarrollo de las actividades.
Documentos asociados
Boletín:
14/01/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 9
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 9
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento