Subvenciones con cargo al programa de conciliación de la vida familiar y laboral “Concilia”, correspondiente al ejercicio 2019-2020.

Código de ayuda:

S17337/18

Norma:

Resolución de 26 de junio de 2017. Resolución de 27 de marzo de 2018. Resolución de 27 de febrero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Diez primeros días hábiles del mes siguiente a aquel en el que finaliza el periodo respectivo.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades, favoreciendo la incorporación al mercado laboral de las personas demandantes de empleo desempleados que tienen a su cargo hijos menores de tres años.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación laboral, la lucha contra el desempleo y la desigualdad, estableciendo mecanismos que eliminen uno de los obstáculos con los que tradicionalmente se encuentra la persona trabajadora con hijos menores a cargo: la dificultad de costear el cuidado de sus hijos mientras se encuentra desempeñando su actividad laboral. Al mismo tiempo se contribuirá a aumentar la productividad y la competitividad de los Centros de Educación Infantil indirectamente afectados.

Requisitos:

1º) Haber solicitado y obtenido previamente el Servicio de Empleo “Concilia”, a través de los medios y mecanismos establecidos en el resuelvo octavo, punto 2, de la presente. En el momento de la solicitud del servicio, el interesado deberá estar inscrito en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandante de empleo en situación de desempleo.

2º) Haber sido contratadas con carácter indefinido o temporal (en este segundo caso con una duración mínima de tres (3) meses), a jornada completa o a tiempo parcial, por un importe bruto mensual, en el caso de contrataciones a tiempo completo, inferior a tres (3) veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incluida la parte correspondiente de las pagas extras anuales establecidas según el Convenio que corresponda. Este límite de ingresos máximos, se verá proporcionalmente disminuido en el caso de contrataciones a tiempo parcial.

En cualquier caso, en el supuesto de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser nunca inferior al 40% del total de la jornada ordinaria establecida.

Al respecto de este requisito de contratación laboral previa, los contratos deberán haberse suscrito dentro de alguno de los periodos temporales que se determinen en la respectiva convocatoria abierta.

3º) En el momento de ser contratado, el beneficiario deberá estar inscrito como demandante de empleo, en situación de desempleo, en cualquiera de las Oficinas de Empleo del SCE, con una inscripción de, al menos, un mes en los últimos tres meses.

Sin reunir el requisito del período mínimo de inscripción de un mes establecido en el párrafo anterior, podrán acceder a la subvención “Concilia” aquellas personas que presenten al menos alguna de las situaciones especiales siguientes, siempre que conste su previa inscripción como desempleada en cualquiera de las Oficinas de Empleo del SCE:

a) Trabajadores con discapacidad reconocida, igual o superior al 33%.

b) Víctimas de violencia de género.

La acreditación de la pertenencia de los interesados a alguno de los citados colectivos, se llevará a cabo de oficio por parte del Servicio Canario de Empleo, consultando los datos que obren en su demanda de empleo. Para ello el interesado deberá haber suministrado dicha información a la oficina de empleo correspondiente, a fin de ser incorporada a su demanda, con carácter previo a la solicitud de subvención.

En caso de que dicha información no conste en su demanda, no se aplicará la exención del periodo mínimo de inscripción exigida con carácter general. En el supuesto de víctimas de violencia de género o persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, la persona interesada podrá acudir a su oficina de empleo, a fin de que dichos extremos se incorporen en su demanda, solicitando cita con el tutor autorizado para tratar datos protegidos.

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