Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo plus (FSE+), destinadas a la financiación de itinerarios de inserción sociolaboral dirigidos a personas en situación o riesgo de exclusión social.
Código de ayuda:
S07364/26Norma:
Resolución de 11 de marzo de 2026. Orden FAM/232/2024, de 19 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 5 de abril de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 2.100 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (Programa Operativo 2021/2027), tiene por objeto financiar los gastos derivados de la realización de los itinerarios de inserción sociolaboral, dirigidos a personas en situación o riesgo de exclusión social.La finalidad de los itinerarios de inserción sociolaboral es mejorar las condiciones personales, sociales y laborales, necesarias para el acceso al mercado laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social, partiendo del apoyo técnico para la activación de su proyecto de vida y mediante actuaciones integrales y personalizadas de información, valoración y diagnóstico, orientación, formación, intermediación e inserción laboral, así como acompañamiento y seguimiento social y laboral, entre otras.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Localización del organismo gestor
Castilla y LeónConvoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención por itinerario de inserción sociolaboral subvencionado será de 21.000€ para los itinerarios que se desarrollen en localidades de más de 20.000 habitantes y de 23.000€ cuando se desarrollen en el resto de las localidades.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Detalle beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro que, a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, estén inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables, al amparo de la presente orden, la realización de itinerariosde inserción sociolaboral para personas en situación de riesgo o exclusión social.
Cada itinerario de inserción sociolaboral podrá contener tanto actuaciones individualizadas como grupales adaptadas siempre a las necesidades de los participantes.
La duración de los itinerarios se establecerá en la convocatoria.
En función de las características y la situación personal de las personas en riesgo o exclusión social a las que se dirigen, se podrán financiar 2 tipos de itinerarios:
– Itinerarios sociales:
Dirigidos a personas que no cuenten con las habilidades personales, sociales o comunitarias básicas necesarias para la incorporación al mercado laboral. Su finalidad será mejorar las condiciones sociales y personales que permitan a quienes estén en situación o riesgo de exclusión social el acceso y el mantenimiento en el mercado laboral.
Incluirá al menos la evaluación diagnóstica de la persona y las áreas imprescindibles
para la mejora de su empleabilidad, así como un proyecto individualizado de intervención.
Requisitos:
1. La calidad técnica del proyecto presentado se valorará en base a los siguientes subcriterios:1.1. La formulación y coherencia de los objetivos propuestos, la descripción de las actividades y los recursos materiales y humanos que se van a utilizar en su desarrollo: hasta 10 puntos.
1.2. Se valorará si el proyecto incluye propuestas de innovación que añadan valor al
desarrollo del proyecto y siempre que sea coherentes con el objeto y la finalidad de la convocatoria: hasta 5 puntos.
2. Número de inserciones laborales de perceptores o beneficiarios de Renta Garantizada de Ciudadanía o de Ingreso Mínimo Vital que, tras su participación en un itinerario financiado desde la Gerencia de Servicios Sociales al amparo de las convocatorias destinadas a la financiación de itinerarios integrados y personalizados de inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, llevado a cabo por la entidad en los 2 últimos años, consiguen un contrato de trabajo de duración igual o superior a 3 meses. Se otorgará 1 punto por cada contrato de trabajo realizado en empresas y 0,5 puntos por cada contrato realizado por parte de entidades privadas sin ánimo de lucro, hasta un máximo de 10 puntos.
Si la inserción laboral es de una persona que no recibe ninguna de estas dos prestaciones esta puntuación se reducirá a la mitad.
3. Experiencia de la entidad en la realización de itinerarios de inserción sociolaboral dirigidos a personas en riesgo o exclusión social, principalmente perceptores o beneficiarios de Renta Garantizada de Ciudadanía y/o Ingreso Mínimo Vital, en los últimos dos años.
1 punto por cada año de experiencia acreditada.
4. Además de estos criterios para los itinerarios pre laborales se valorará:
4.1. La formación práctica relacionada con el contenido y especialidad formativa en la propia entidad o en algún centro de trabajo ubicado en la zona en que se desarrolla el itinerario: hasta 3 puntos.
4.2. Adecuación justificada del proyecto a las necesidades del mercado de la zona.
Se otorgará 1 punto si el proyecto incluye en su contenido la realización de una prospección del tejido empresarial, perfiles y formación más demandados indicando si es en zona rural o urbana.
4.3. Establecimiento de convenios o acuerdos de colaboración con empresas relacionados con el desarrollo y contenidos del itinerario que la entidad prevea que van a tener repercusión directa en participantes en el itinerario: 1 punto por cada convenio.
5. Solo podrán ser seleccionados aquellos itinerarios de inserción sociolaboral cuya valoración sea igual o superior a la puntuación mínima que se establezca en la correspondiente convocatoria para cada uno de los 2 tipos de itinerarios.
6. Los proyectos se clasificarán por provincias y se seleccionarán para cada una de ellas siguiendo un orden de prelación, de mayor a menor, de acuerdo con la puntuación total obtenida por provincia. El número máximo de itinerarios a financiar en cada provincia y/o localidad se establecerá en la convocatoria. En el caso de que, valorados todos los proyectos, en alguna provincia no se cubriera el máximo de itinerarios y no se hubiera agotado el crédito, se seleccionarán el resto de los proyectos por orden de puntuación independientemente de la provincia y/o localidad en la que se desarrollen.
7. En los supuestos de empate en la valoración de los proyectos, tendrán preferencia los solicitantes que acrediten tener contratado un mayor número de trabajadores con discapacidad en relación con el total de sus respectivas plantillas, o bien, que cumpliendo estrictamente con lo exigido en la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, se comprometan a contratar un número mayor de trabajadores con discapacidad durante el plazo de ejecución de la actividad objeto de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
25/04/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/03/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 51
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
16/03/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 51
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 51
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