Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la contratación inicial de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, para el año 2006.
Código de ayuda:
S30837/06Norma:
RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2006, subvenciones dirigidas a Entidades Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración local dentro del ámbito territorial de laComunidad de Castilla y León, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la contratación inicial de Agentes de Empleo y Desarrollo Local (en adelante AEDL) que vayan a realizar nuevos proyectos.
Subvencionar parcialmente a Entidades Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración local dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León el coste de la contratación inicial de los AEDL que colaboren en el desarrollo de nuevos proyectos que contribuyan a la promoción e implantación de políticas de empleo, desarrollándose dicha colaboración en el marco de la actuación conjunta y acordada de la Entidad contratante y el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
Estas subvenciones se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en lo que resulte de aplicación, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E, modificada por Orden de 27 de diciembre de 1999 y Orden TAS/49/2005, de 14 de enero, la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional y demás normativa de general aplicación.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 80 por 100 de los costes laborales totales de los AEDL, incluyendo la cotización empresarial a la Seguridad Social, por todos los conceptos, con un máximo de28.388,00 € al año, por cada contratación subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local dentro delámbito de la Comunidad de Castilla y León que lo soliciten y que contraten a AEDL en los términos previstos en esta Resolución.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las nuevas contrataciones de AEDL que se celebren desde la producción de efectos de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2006, y tengan una duración de un año.Los AEDL se configuran como trabajadores de las Entidades locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración local, que son contratados para la realización de las funciones establecidas en la presente convocatoria.
Requisitos:
En aquellos supuestos en que la contratación no pueda efectuarse antes del 31 de diciembre de 2006, la Entidad beneficiaria deberá efectuar la renuncia a la subvención concedida y solicitarla de nuevo, en sucaso, al amparo de una nueva convocatoria de subvenciones.
Los AEDL seleccionados serán contratados a tiempo completo por la corporación local o entidad dependiente o vinculada mediante la modalidad contractual más adecuada, de acuerdo con la normativa vigente.
No serán subvencionables las contrataciones realizadas con personas que sean miembros de alguna Corporación Local, en los casos en que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
La subvención por cada AEDL, se concede por un período de un año, pudiéndose prorrogar la misma por períodos anuales, con un máximo de cuatro años, previa solicitud, que deberá presentarse en los términos
que establezca la Resolución de apertura de plazo para prorrogar contrataciones de AEDL, que se publicará en el «B.O.C. y L.».
Transcurrida dicha duración máxima, la contratación del mismo AEDL sólo podrá ser subvencionada por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, siempre que esta contratación se realice por distinta
Corporación o entidad dependiente o vinculada, de conformidad con lo dispuesto en la Orden TAS/49/2005, de 14 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden de 15 de julio
de 1999, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Documentos asociados
Boletín:
28/08/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 165
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 165
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento