Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S22800/15

Norma:

ORDEN EYE/352/2015, de 27 de abril. RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2015. ORDEN EYE/540/2015, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15/08/15 para contrataciones realizadas entre el 01/01/15 y el 15/0615; A partir del 15/06: 2 meses desde el contrato.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la contratación indefinida ordinaria de los jóvenes incluidos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil o la realizada con cláusulas específicas de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la subvención por la formalización a jornada completa de las contrataciones indefinidas subvencionables será de 2.000 euros.

2. Dicho importe será incrementado en las siguientes cuantías:

a) 1.000 euros, si la contratación se formaliza en el ámbito de determinados sectores emergentes y con perspectivas de crecimiento en el empleo, o para determinadas ocupaciones profesionales, que se determinarán en cada convocatoria.

b) 500 euros, si la contratación se formaliza con mujeres.

Cada uno de los incrementos establecidos en este punto es acumulable a la cuantía básica de 2.000 euros.

3. Las citadas cuantías se reducirán proporcionalmente en función del porcentaje de jornada que se pacte cuando los contratos se formalicen a tiempo parcial.

Se tendrá en cuenta la jornada pactada en el momento de la fecha de inicio del contrato, a salvo lo dispuesto en los apartados siguientes.

Sólo se tendrán en cuenta las ampliaciones de jornada pactadas en fecha anterior a la solicitud de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que formalicen contratos indefinidos ordinarios o con cláusulas específicas de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones.

Las empresas o entidades solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en los códigos de cuenta de cotización de la provincia donde se vayan a prestar los servicios, en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.

Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas o entidades solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/06/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 112
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/07/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 128
Documento: Modificación Bases Descargar Documento