Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo dirigidas a ayuntamientos, a mancomunidades de ayuntamientos y a consorcios locales para la realizacion de proyectos destinados al asesoramiento y a la formacion de la poblacion inmigrante extracomunitaria en la Comunidad Autonoma gallega.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S25328/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, cofinanciadas por el FSE, a ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales para el desarrollo de proyectos destinados al asesoramiento y a la formación de la población inmigrante extracomunitaria en la Comunidad Autónoma gallega.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías de las subvenciones reconocidas se concederán de acuerdo con la siguiente distribución:

– Acciones de asesoramiento, información y orientación jurídica a las personas inmigrantes extracomunitarias: 260.000 €.

– Acciones formativas: 100.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos, los consorcios locales y las agrupaciones de ayuntamientos de la Comunidad Autónoma gallega que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Proyectos de asesoramiento, en los que se incluyen acciones de información, asesoramiento y orientación jurídica a las personas inmigrantes extracomunitarias.

Se trata de desarrollar proyectos que tengan por objeto garantizar la asistencia jurídica en materia de extranjería y de retorno, adecuarlos a las necesidades cambiantes de la población inmigrante, promoviendo el acceso a un asesoramiento jurídico de calidad que permita el pleno conocimiento de los derechos y obligaciones que les atribuye la legislación vigente.

2. Proyectos de formación:

2.a) Proyectos de refuerzo educativo: proyectos de apoyo y compensación educativa en centros escolares y aprendizaje de las lenguas de la sociedad de acogida.

El objetivo de este proyecto es realizar acciones de refuerzo y compensación educativa para el alumnado inmigrante en Galicia, así como el aprendizaje de las lenguas de la sociedad de acogida.

2.b) Proyectos de formación de adultos: aprendizaje de las lenguas de la sociedad de acogida.

Requisitos:

1.A. Realizar la emisión de informes de arraigo social y vivienda adecuada, que la legislación en materia de extranjería (Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social) establece en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega.

1.B. Población inmigrante extracomunitaria:

1.B.1. Ayuntamientos:

Superar el 2,5% de población inmigrante extracomunitaria y tener como mínimo empadronadas en el ayuntamiento a más de 100 personas inmigrantes extracomunitarias. En caso de no superar el 2,5 % de población inmigrante extracomunitaria, deben tener como mínimo empadronadas en el ayuntamiento más de 1.000 personas inmigrantes extracomunitarias.

1.B.2. Consorcios locales y mancomunidades:

Superar el 2,5 % de población inmigrante extracomunitaria el 60% de los ayuntamientos que integran dichas entidades y tener de media el consorcio o la mancomunidad más de 600 personas inmigrantes extracomunitarias.

1.B.3. Agrupaciones de ayuntamientos.

Superar el 2% de población inmigrante extracomunitaria el 50% de los ayuntamientos agrupados, y tener de media la agrupación más de 300 personas inmigrantes extracomunitarias. El cálculo de la población inmigrante se hará teniendo en cuenta la población total y la población inmigrante extracomunitaria empadronada en el año anterior al de la correspondiente resolución de convocatoria.

1.C. Desarrollar actividades y acciones que favorezcan la acogida y la integración de las personas inmigrantes extracomunitarias en la Comunidad Autónoma de Galicia, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

1.D. Los solicitantes deberán mantener los requisitos exigidos durante todo el ejercicio económico para el que se concede la subvención.

2. En el caso de que se presenten mancomunidades de ayuntamientos, consorcios locales y agrupaciones de ayuntamientos no podrán concurrir a la convocatoria los ayuntamientos que forman parte de los/las mismos/as, quedando por lo tanto excluidos/as.

3. En el caso de que el solicitante sea una agrupación de ayuntamientos, los requisitos exigidos en los apartados 1.A e 1.C del artículo 3 de la presente resolución se refieren a los ayuntamientos que componen dicha agrupación.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 128
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento