Subvenciones cofinanciadas con fondos europeos FEDER, destinadas a la realización de actividades de formación y difusión de materias de contenido socioeconómico.

Código de ayuda:

S58637/05

Norma:

ORDEN EYE/1671/2005, de 19 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de formación y difusión en materias de contenido socioeconómico.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto global de la actividad propuesta.
Su cuantía se determinará en cada caso en el proceso de evaluación, considerando las disponibilidades presupuestarias y teniendo como límite la cantidad de doce mil euros (12.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Entidades sin ánimo de lucro y las Universidades que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, así como las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán subvencionarse todos los proyectos que planteen la realización de actividades de formación y difusión de materias de contenido socioeconómico y, fundamentalmente, aquellas relacionadas con los siguientes ámbitos:
a) Unión Europea.
b) Fondos Europeos y Desarrollo Regional.
c) Economía Regional.
d) Economía de Empresa.
e) Incentivos Económicos.
f) Instrumentos financieros públicos y privados.
g) Fiscalidad.
h) Sector Público.
i) Legislación Económica.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, quedando excluidos todos aquellos que constituyan una inversión.

Las actividades subvencionadas deberán realizarse íntegramente entre la fecha de la notificación de la resolución de concesión y el 15 de noviembre de 2006.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 246
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento