Subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la utilización de energías renovables en establecimientos públicos de los Caminos a Santiago en Castilla y León.

Código de ayuda:

S39737/18

Norma:

ORDEN EYH/819/2018, de 10 de julio. Orden de 10 octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

A partir de las 09:00 horas del día 29 de octubre de 2018 y finalizará el 28 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen por objeto promover la utilización de energías renovables, tanto energía solar térmica (con superficie de captación entre 8 y 70 m2), como biomasa (estufas de pellets de potencia nominal no inferior a 5 kW), en los establecimientos abiertos al público situados en alguna de las localidades referidas en el punto anterior.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía destinada a financiar las subvenciones convocadas asciende a 539.032 €.

La concesión de las subvenciones se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva hasta agotar el presupuesto, aplicando criterios de valoración que varían según el tipo de beneficiario y de manera común, los relativos al ratio energético, a las poblaciones con riesgos demográficos y a la integración laboral de discapacitados.

La cuantía de la subvención oscila entre un 50 y un 70%, en función de la superficie de captación, para instalaciones solares y en función de la potencia instalada, para estufas de biomasa. Así mismo, la cuantía de la subvención está limitada también por magnitudes relativas expresadas en €/m2 y €/kW.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de las subvenciones concedidas al amparo de esta orden deberán ser titulares de establecimientos abiertos al público, en una localidad situada en el trazado de alguno de los Caminos a Santiago en Castilla y León, según el listado de localidades incluido como Anexo II. En la correspondiente convocatoria se podrá limitar el/ los Caminos a Santiago en cuyas localidades se encuentren los establecimientos abiertos al público cuyos titulares puedan solicitar la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables consisten en la instalación de energías renovables en los establecimientos abiertos al público en localidades de los Caminos a Santiago por Castilla y León. Son actuaciones subvencionables:

A) Energía solar: Instalaciones solares térmicas para agua caliente sanitaria (ACS) compuestas por:

• Captadores solares térmicos con su correspondiente estructura de apoyo y sujeción.

• Depósito de acumulación.

• Tuberías aisladas y valvulería.

• Bomba/s de circulación e intercambiador de calor.

• Instalación y pequeña obra de albañilería correspondientes.

• Puesta en marcha y formación tanto para el manejo como para la gestión de la instalación.

Podrá también ser subvencionable, si así lo indica la orden de convocatoria, la sustitución de los captadores solares térmicos y su infraestructura asociada (tuberías, bombas, intercambiadores, etc.) por instalaciones fotovoltaicas aisladas cuya producción eléctrica se destine al calentamiento de agua sanitaria mediante el concurso de un termo eléctrico.

El establecimiento ha de disponer de algún espacio orientado al sur y sin sombras suficiente para ubicar los captadores solares térmicos. Preferentemente, dicho espacio se localizará en la cubierta del establecimiento.

B) Biomasa: Instalaciones térmicas para calefacción compuestas por:

• Sistema de calentamiento de aire (estufa) de pellet con almacenamiento incorporado de corto plazo.

• Pellets necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación de biomasa durante los primeros seis meses de funcionamiento de la instalación, con el máximo que se indicará en la convocatoria.

• Si procede, conductos para mejorar la distribución del aire calentado en la/s sala/s a calefactar.

Documentos asociados

Boletín: 25/07/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 19/10/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 203
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 19/10/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 203
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento