Subvenciones al programa de formación del sector comercial minorista.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S23346/17

Norma:

RESOLUCIÓN 300E/2017, de 5 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover una oferta de formación especializada organizada e impulsada por las entidades asociativas de pymes comerciales minoristas, complementaria de la formación continua y ocupacional impartida en el ámbito del Servicio Navarro de Empleo‑Nafar Lansare, con el fin de mejorar la competitividad y la profesionalización de las pymes del sector y de mejorar las competencias profesionales de los comerciantes minoristas.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Turismo y Comercio (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos de subvención por cada una de las actividades subvencionables es el siguiente:

–Jornadas técnicas, congresos o seminarios monográficos: 3.000 euros por cada jornada.

–Cursos de formación especializada: 4.000 euros por cada curso.

–Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra: 400 euros por actividad (incluido el concepto de manutención).

-Manutención: 20 euros por persona y comida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Asociaciones de comerciantes, Asociaciones de comerciantes mixtas (comercio, hostelería y servicios) y agrupaciones de asociaciones de comerciantes inscritas en el Registro de Organizaciones Sindicales y Empresariales con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables las siguientes clases de actividades señaladas a continuación:

a) Organización de actividades formativas.

a.1) Jornadas técnicas, congresos o seminarios monográficos, que profundicen en temas de especial interés para el sector comercial minorista o que aborden aspectos fundamentales de la distribución comercial, facilitando la toma de contacto y la puesta en común de los conocimientos y experiencias de los distintos estamentos del sector. Estas actividades tendrán una duración mínima de 4 horas.

a.2) Cursos de formación especializada, que deberán cumplir los siguientes requisitos:

–Su contenido debe ser específico relativo a la gestión de la empresa comercial minorista o a la especialización de los profesionales del sector y debe promover una formación complementaria a la formación continua y ocupacional impartida en el ámbito del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

–No se admitirán aquellos cursos que formen o hubieran formado parte de la oferta formativa del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare ni aquellos cursos relativos a temas o aspectos de formación empresarial básica, comunes a cualquier tipo de actividad empresarial.

–El número de participantes no podrá ser inferior a 8 y todos los participantes deben ser trabajadores en activo, bien sean los propios comerciantes o empleados por cuenta ajena del sector del comercio minorista.

–La duración mínima será de 10 horas.

–Excepcionalmente podrán admitirse cursos con un número menor de participantes y/o una duración inferior a la establecida, cuando existan razones objetivas que impidan alcanzar dichos valores mínimos. Estas razones deberán exponerse y motivarse en la solicitud de la ayuda, y, en todo caso, deberán ser aceptadas por el Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio.

–Los cursos de formación especializada y las jornadas técnicas deberán estar abiertos, además de a los asociados de la entidad solicitante que promueven las acciones formativas, a la participación de los trabajadores en activo del sector del comercio minorista que estén interesados y cuyos comercios estén ubicados en el ámbito de actuación de la entidad solicitante.

En todo caso la entidad solicitante y organizadora de las actividades formativas podrá establecer distintas condiciones de acceso para unos y otros participantes y, la acreditación del carácter abierto de estas actividades deberá justificarse conforme a lo establecido en la base reguladora 10.ª f).

b) Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra: Asistencia a congresos, jornadas técnicas, seminarios monográficos y conferencias que se organicen fuera Navarra, relacionados con la distribución comercial o con aspectos de la gestión específica de las empresas comerciales minoristas.

Únicamente se subvencionará la asistencia de una persona y actividad por entidad solicitante.

Los asistentes a las acciones podrán ser gerentes, miembros de la Junta Directiva u órgano equivalente de la entidad solicitante o técnicos cualificados que cuenten con el visto bueno de dicha Junta Directiva.

Documentos asociados

Boletín: 25/05/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 100
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/05/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 100
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento