Subvenciones al fomento del envejecimiento activo por parte de los municipios de la region.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S15064/15

Norma:

Madrid, a 24 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el contenido y el procedimiento de concesión de las subvenciones a los Ayuntamientos de la Región para la realización de obras de reforma en los hogares y clubes de personas mayores cuya titularidad ostenten y para su equipamiento.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total destinado a la subvención se dividirá entre la suma de las puntuaciones asignadas a las solicitudes beneficiarias, obteniendo una cantidad por cada punto.

Dicha cantidad se multiplicará por los puntos de cada solicitud para calcular el importe a conceder. De esta manera, el importe a conceder será directamente proporcional a la puntuación asignada.

La cuantía a conceder no podrá superar, en ningún caso, el importe del gasto que supongan las actuaciones para las que se solicite la subvención, ni el que figure en la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos titulares de hogares y clubes de personas mayores que dispongan de la autorización administrativa correspondiente para los centros para los que se solicite subvención, según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, lo que se acreditará de oficio por la unidad administrativa correspondiente de la Consejería de Asuntos Sociales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La reforma y equipamiento de los hogares y clubes de titularidad municipal, como centros en los que los mayores desarrollan actividades de fomento del envejecimiento activo.

La reforma incluye la ampliación del centro, la mejora de los espacios internos por redistribución, la adaptación a una nueva normativa técnica y aquellas obras de reparación
necesarias para enmendar problemas en la estructura resistente y/o cubierta de los inmuebles.

Requisitos:

Esa autorización deberá estar vigente durante todo el período de tiempo en el que los bienes estén afectados al fin concreto para el que se concedió la subvención y que consta en el artículo 8.4 de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 76
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento