Subvenciones al Programa de Urbanismo Comercial.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S08119/12

Norma:

ORDEN FORAL 13E/2012, de 10 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/04/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ofrecer apoyo económico a las Entidades Locales tanto en las políticas de fomento y mejora del comercio urbano como en aquellas de fomento del comercio de proximidad en zonas rurales, considerando al sector comercial como un factor clave en el establecimiento de políticas municipales que permitan favorecer el entorno urbanístico necesario para el desarrollo del comercio.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

–Para las actuaciones previstas en el apartado A) de la Base 2.ª, los municipios de menos de 1.000 habitantes y aquellos proyectos que cuenten con un informe favorable de Centro Europeo de Empresas e Innovación de Navarra (CEIN, S.A.) para el desarrollo de esta acción, toda vez que el Gobierno de Navarra viene apoyando a CEIN, S.A., para el desarrollo del Proyecto denominado “Comercios a mano”. La determinación de la cifra de población se realizará en base a los datos oficiales de población de municipios y concejos de Navarra, publicados por el Instituto de Estadística de Navarra, que estén en vigor en la fecha de presentación de la solicitud.

–Para las actuaciones previstas en los apartados B), C), D) y F) de la Base 2.ª, los municipios que figuran en el Anexo II de estas bases reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Actuaciones dirigidas al acondicionamiento de locales de titularidad municipal para la puesta en marcha de un establecimiento comercial ubicado en municipios de menos de 1.000 habitantes o integrado en la red de “comercios a mano”.

La subvención para esta actuación será del 70% del coste externo.

B) Modernización de mercados municipales.

Inversiones para la mejora física y funcional de los mercados municipales, incluidas las instalaciones de uso comunitario así como los entornos anexos a los mismos.

La subvención correspondiente a esta acción será del 60% del coste externo.

C) Mejora y adecuación de espacios comerciales. La subvención correspondiente a esta acción será del 60% del coste externo y, en concreto, serán subvencionables las siguientes actuaciones:

C.1) Ampliación y renovación del equipamiento urbano, permanente o no, que mejore el paisaje urbano y estético de las zonas comerciales tales como: mobiliario, alumbrado, jardinería, señalización comercial y aquellos complementos que estimulen una mejor actividad comercial.

C.2) Accesibilidad y acondicionamiento de espacios de aparcamiento, excluida la construcción de nuevos aparcamientos soterrados o en alzada, siempre y cuando se encuentren próximos a la zona comercial y se
establezcan medidas para la difusión e información a los posibles clientes de dicha zona comercial.

La subvención correspondiente a esta acción será del 60% del coste externo.

Los costes de redacción de los proyectos técnicos y de las direcciones de obra de las actuaciones C.1) y C.2), se considerarán gastos subvencionables siempre y cuando se ejecute la inversión correspondiente.

D) Actuaciones para acondicionamiento de nuevas áreas de comercio ambulante o de mejora de las existentes, ubicadas en entorno urbano, tales como:

–Adecuación de la superficie sobre la que se desarrollará esta actividad.

–Equipamiento e infraestructuras destinadas a dar servicio a esta actividad comercial: carpas, estructuras desmontables o similares.

–Dotación de servicios de apoyo tales como: electricidad, agua, etc.

Para que estas actuaciones sean subvencionables deberán desarrollarse en zonas céntricas o próximas al comercio establecido del municipio y deberán contribuir a dinamizar la actividad comercial del municipio y/o
zona comercial.

La subvención para esta actuación será del 50% del coste externo.

E) Actuaciones para el establecimiento de almacenes reguladores de distribución y plataformas de abastecimiento comercial que den servicio al pequeño comercio urbano o de proximidad.

La subvención para esta actuación será del 60% del coste externo.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento