Subvenciones al Programa Talleres de Empleo para el año 2010 en el ambito de la Comunidad Autonoma de La Rioja.

Código de ayuda:

S71964/09

Norma:

Resolucion de 20 de noviembre de 2009. Orden nº 46/2009, de 13 de noviembre. Resolucion de 5 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar el gasto de ochocientos cincuenta mil euros (850.000 euros), para hacer frente a la convocatoria de ayudas al programa de Talleres de empleo, para el año 2010 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden nº 46/2009, de 13 de noviembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se regula el programa de talleres de empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dicho programa (B.O.R. núm. 144, de 18 de noviembre)

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de los módulos regulados en el artículo 15 de la Orden nº 46/2009
de 13 de noviembre, serán los siguientes:

Módulo A: 3,17 euros

Módulo B: 0,87 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que se detallan a continuación, las cuales deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios, disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes y tener su razón social en La Rioja:

a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y, en su caso, de la Comunidad Autónoma de La Rioja, siempre que tengan Tesorería propia y diferenciada de la del Servicio Riojano de Empleo.

b) Entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus organismos autónomos y entidades con
competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.

c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. El Servicio Riojano de Empleo podrá conceder, en los términos establecidos en esta Orden, subvenciones a los entes promotores de Talleres de Empleo para financiar los gastos derivados de los proyectos formativos y de los costes salariales de los alumnos trabajadores.

2. La subvención para hacer frente a los costes de formación profesional ocupacional y educación complementaria, durante todas las etapas del proyecto, se destinará a financiar los costes salariales del personal directivo, docente y de apoyo formativo o administrativo, medios didácticos, material escolar y de consumo y otros gastos de funcionamiento que el Servicio Riojano de Empleo considere justificados.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 144
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/11/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 146
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 14/04/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 44
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento