Subvenciones actividades deportivas.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S39173/12Norma:
Manacor, 18 de octubre de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar, mediante una subvención económica en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos que fomenten la actividad deportiva colectiva no profesional, especialmente el deporte base dentro del ámbito competencial del Patronato Municipal de Deportes dentro del año 2012.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Manacor (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe de las ayudas concedidas en ningún caso no puede ser de una cuantía que (aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, estatales o internacionales) superen el del coste de la actividad que la entidad beneficiaria tiene que llevar a cabo.2. Así mismo, el importe de las ayudas concedidas en ningún caso no puede ser superior a la cuantía solicitada por la entidad beneficiaria para llevar a cabo la actividad ni la cuantía máxima establecida en la cláusula 5.2.de estas bases fijada en 8.000€.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones deportivas, clubes y entidades deportivas que tengan como fines institucionales en sus estatutos la práctica de la actividad física y deportiva, y que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1-Escuela de iniciación deportiva, entendiendo esta como una actividad física que se practica en los primeros años de vida y de forma reglada que permita el desarrollo general del individuo sin reglamentos muy rígidos que puedan afectar psicológicamente por el resultado de la misma al niño que la practica.2-El deporte en edad escolar, entendiendo este como el deporte que se practica de forma federada reconocida por el Consejo Superior de Deportes, la edad de esta modalidad llega hasta los 16 años o categoría cadete en muchos deportes.
3-El deporte juvenil y senior, entendiendo este como el deporte que se practica de forma federada reconocida por el Consejo Superior de Deportes y se participe en competiciones regulares federadas representando nuestro municipio de forma constante y continuada a partir de 16 años.
Sólo se podrá recibir subvención por aquellas actividades llevadas a cabo dentro del ejercicio 2012, es decir para la parte de la temporada llevada a cabo dentro del ejercicio natural 2012, independientemente de la temporada deportiva a la cual pertenezcan las actividades.
1-Gastos derivados de la organización de acontecimientos, programas, campeonatos, torneos, campus, actuaciones, actividades deportivas y varias actividades de formación de las entidades solicitantes de la subvención.
2- Ropa específica necesaria para el desarrollo de la actividad.
3-Material deportivo fungible o inventariable específico necesario para el desarrollo de la actividad.
4- Gastos de personal necesarias para el desarrollo de la actividad.
(seguridad, mantenimiento, dirección técnica, monitores, coordinadores, etc..).
5- Trofeos y distinciones de las persones participantes.
6- Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de las personas que hayan participado en la actividad deportiva.
7- Gastos derivados de servicios de atención sanitaria durante el acontecimiento.
8- Gastos derivados de la contratación de seguros para la actividad y/o acontecimiento.
9-Gastos federativos (fichas, arbitrajes, desplazamientos fundes arbitral, derechos de inscripción...).
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de la Dirección general de Deportes. Si la entidad solicitante es una asociación para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Manacor y a otros registros de las administraciones públicas que corresponda.b) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención, lo
cual se acreditará mediante certificado del secretario/aria de la entidad o asociación.
c) Encontrarse al cabo de la calle de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
d) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias o de cualquier naturaleza con el Ayuntamiento y con el Estado, así como con la Seguridad Social.
e) No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de la consideración de beneficiario.
f) No tener finalidad de lucro.
Documentos asociados
Boletín:
23/10/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento