Subvenciones acogidas al régimen “de mínimis”, destinadas a la mejora genética de las explotaciones cunículas.
Código de ayuda:
S49528/05Norma:
RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/10/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas económicas destinadas a titulares de explotaciones cunícolas, para contribuir a la financiación de la inversión derivada de la adquisición de dosis seminales y/o reproductores selectos, machos y hembras.La finalidad de estas ayudas es promover la mejora genética de las explotaciones cunículas de manera que contribuya a mejorar la rentabilidad de sus producciones.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda concedida a cada beneficiario se calculará en base a los justificantes de gastos presentados, estableciendo como topes máximos de animales subvencionables y de subvención, por cada 100 madres de censo en la explotación, los siguientes:• Abuelas: 10 animales con una subvención de hasta el 75% del coste, sin superar 19 euros de subvención máxima por animal.
• Abuelos: 2 animales con una subvención de hasta el 75% del coste, sin superar los 15 euros de subvención máxima por animal.
• Madres: 100 animales de 8 a 10 semanas de vida, con una subvención de hasta el 50% del coste, sin superar los 5 euros de subvención máxima por animal; o bien, 120 animales de 1 día de vida, con una subvención de hasta el 60% del coste, sin superar los 3,30 euros de subvención máxima por animal.
• Dosis seminales: 1000 dosis con una subvención máxima del 50% del coste, sin superar los 0,5 euros de subvención máxima por dosis.
La cuantía máxima global de las ayudas “de mínimis” por solicitante, no podrá superar el importe de 3.000 euros en un periodo de 3 años, según se establece en el artículo 3 del Reglamento CE 1860/2004, de 6 de octubre de 2004, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas “de mínimis” en los sectores agrario y pesquero.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los titulares de explotaciones cunícolas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ayuda consistirá en una subvención directa por la adquisición de dosis seminales y/o reproductores selectos, en el período de los 12 meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.Requisitos:
1. Tener la explotación registrada en el registro general de explotaciones ganaderas del Principado de Asturias.2. Que los reproductores o las dosis seminales por los que se solicita ayuda, procedan de explotaciones de selección, multiplicación o centros de inseminación artificial debidamente registrados y calificados según establece el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
3. Poseer un mínimo de 50 madres.
4. Tener la actividad declarada en Hacienda.
5. Aplicar bajo la supervisión de un veterinario, un programa sanitario básico aprobado por el Servicio de Sanidad Animal y Epidemiovigilancia de la Dirección General de Ganadería del Principado de Asturias.
6. Tener comunicado a la autoridad competente el censo medio de animales del año anterior desglosado en hembras reproductoras, machos reproductores, animales de engorde y animales de reposición.
7. No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
8. No haber alcanzado el importe máximo de 3.000 euros en ayudas “de mínimis” recibidas en los últimos 3 años.
Documentos asociados
Boletín:
08/10/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento