Subvenciones a residencias (centros sociosanitarios) de la Comunidad Foral de Navarra, para la inversion en la reposicion y/o renovacion de determinado equipamiento en su servicio de farmacia.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S17946/12Norma:
RESOLUCIÓN 605/2012, de 29 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/06/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen aplicable a la concesión de subvenciones, en el año 2012, para las inversionesnecesarias en la reposición y/o renovación de determinado equipamiento del servicio de farmacia a aquellas Residencias (centros sociosanitarios) que tienen suscrito con el Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea un convenio de colaboración específico para la atención farmacéutica de sus
residentes, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica; y cuya adquisición inicial del equipamiento fue subvencionada por el Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea, para la implantación de un servicio de farmacia y/o un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia en la Residencia (centro sociosanitario).
Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Salud (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Residencias (centros sociosanitarios) que cumplan con todos los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones necesarias en la reposición y/o renovación de determinado equipamiento del servicio de farmacia a aquellas Residencias (centros sociosanitarios) que tienen suscrito con el Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea un convenio de colaboración específico para la atención farmacéutica de sus residentes.Requisitos:
–Tener suscrito con el Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea un convenio de colaboración específico para la atención farmacéutica de los residentes, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 12/2000, de 16de noviembre, de Atención Farmacéutica.
–Haber recibido subvención del Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea para las inversiones en el determinado equipamiento que se pretende renovar y/o reponer (carros de medicación, bandejas de medicación y contenedores), con motivo de la implantación de un servicio de farmacia y/o un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia.
–Que la fecha de la Resolución del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea ordenando el abono de dicha subvención sea anterior al día 1 de enero del año 2007.
–No haber recibido de las Administraciones Públicas de Navarra y de otros organismos y entes públicos o privados subvenciones o ayudas para la reposición y/o renovación de las inversiones objeto de esta convocatoria, en los últimos 5 años (desde el día 1 de enero de 2007 hasta el día 1 de enero del año 2012).
Documentos asociados
Boletín:
21/05/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 95
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 95
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento