Subvenciones a proyectos piloto de tecnología 5G.

Código de ayuda:

S50282/18

Norma:

Orden ECE/1016/2018, de 28 de septiembre. Resolución de 4 de octubre de 2018. Resolución de 10 de octubre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de diciembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas, de carácter dinerario, consisitirán en subvenciones destinadas a financiar un proyecto subvencionable presentado por el beneficiario, según el modelo definido en las bases y la convocatoria. Se financiarán proyectos consistentes en el desarrollo de proyectos piloto en tecnologías 5G.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Economía y Empresa ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Andalucía: 13.000.000 €.

Canarias: 1.300.000 €.

Castilla La Mancha: 1.200.000 €.

Castilla y León: 1.500.000 €.

Cataluña: 5.000.000 €.

Comunidad Valenciana: 8.000.000 €.

Extremadura: 1.200.000.

Galicia: 5.400.000 €.

Madrid: 5.000.000 €.

País Vasco: 2.200.000 €.

Región de Murcia: 1.200.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

En el procedimiento de selección podrán participar empresas o uniones temporales de empresas constituidas al efecto. El beneficiario será el responsable de la ejecución del proyecto y de justificación de los gastos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones a realizar en cada proyecto serán todas aquéllas necesarias para alcanzar los objetivos establecidos en el artículo 1, así como para adaptar el piloto a la evolución de la tecnología 5G a lo largo del plazo de ejecución del proyecto. Solo serán subvencionables los gastos elegibles, relación de los cuales puede encontrarse en el anexo II a estas bases. Los gastos no elegibles que sean necesarios para el desarrollo de los pilotos deberán ser asumidos íntegramente por el beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 03/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 13/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 248
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 13/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 248
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/10/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 249
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 16/10/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 249
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/11/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 286
Documento: Corrección errores convocatoria del Extracto Descargar Documento